MÁS VALE ALGO QUE NADA

No sé lo que hará el Tribunal Constitucional (TC) con el recurso de inconstitucionalidad que hace tres años y medio presentó el PP contra algunos preceptos de la vigente ley orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, es decir, la conocida como “ley Aído”, hoy vigente.
No sé si, aun habiéndolo considerado hace cuarenta y dos meses como de “tramitación prioritaria”, el alto tribunal esperará a la aprobación de la nueva norma presentada el viernes por el Gobierno para declararlo luego decaído, o si, a pesar de todo, dictará sentencia para sentar doctrina.
Si al final opta por esta segunda alternativa durante la tramitación parlamentaria de la que podríamos llamar “ley Gallardón”, el titular de Justicia podría quedar en más de un aprieto, pues la defensa y justificación que de la futura norma éste hizo y viene haciendo se basa en la sentencia del TC de 1985. Y ya se saben los sustos que puede dar la “interpretación evolutiva” de la Constitución que algunos magistrados alientan.
Sea como sea, lo que de la presentación del viernes llamó la atención por parte de Gallardón fue su constante refugiarse en el innecesario burladero del TCl, así como la ausencia total de manifestaciones expresas de principios y valores en torno al derecho a la vida, que deberían haber sido los más firmes pilares sustentadores de la reforma. El ministro se mostró como obsesionado por vender política y jurídicamente la nueva ley. Las referencias éticas brillaron por su ausencia.
Estoy con quienes sostienen que el anteproyecto presentado supone, sin llegar al ideal, una mejora sustancial de la situación creada por la “ley Aído”, que será derogada en su totalidad. No se trata, pues, de una reforma parcial. Se trata de un marco nuevo y más respetuoso –parece– con el derecho a la vida y el derecho a ser madre.
Así, el aborto deja de ser considerado como un derecho; las menores de edad dejan de estar desprotegidas ante el mismo y se restablece en esta materia la patria potestad con todas las consecuencias; se recupera la protección jurídica del derecho a la objeción de conciencia por parte del personal sanitario, y se centra el reproche penal no en la mujer, sino en los profesionales que, violando la ley, practiquen abortos.
En el capítulo de aspectos menos positivos, a muchos da miedo todo lo relacionado con la salud “psíquica” de la mujer, auténtico coladero hasta ahora para el acceso al aborto. Y aunque la futura ley establece mayores garantías al respecto, es de suponer que las clínicas abortistas se las arreglarán para darle las vueltas oportunas a la nueva situación.

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