La Audiencia niega a Dolores Vázquez una indemnización por el tiempo que permaneció presa

La Audiencia niega a Dolores Vázquez una indemnización por el tiempo que permaneció presa
Dolores Vázquez permaneció 519 días en prisión efe

La Audiencia Nacional rechazó conceder a Dolores Vázquez, originaria de Betanzos, la indemnización de cuatro millones de euros que había solicitado por el tiempo que permaneció en prisión acusada de la muerte de la joven de Mijas Rocío Wanninkhof en 1999, crimen del que posteriormente fue absuelta.

Vázquez, que permaneció en la cárcel 519 días, entre el 7 de septiembre de 2000 y el 8 de febrero de 2002, fue condenada en septiembre de 2001 a 15 años de cárcel y posteriormente absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof, por el que fue finalmente fue condenado el británico Tony Alexander King.

 

error judicial

Por ese “error judicial” Vázquez reclamó una indemnización de cuatro millones de euros por responsabilidad patrimonial del Estado derivada de un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia, que fue desestimada en primera instancia por el Ministerio de Justicia.

Ahora, en una sentencia notificada ayer, la sala desestima su pretensión con el argumento de que la demanda fue presentada aludiendo al artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en lugar del 293, que es el que contempla el error judicial.

La betanceira solicitaba cuatro millones de euros por 519 días en la cárcel

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, explica que las indemnizaciones que se solicitan a través del artículo 294 quedaron restringidas el 23 de noviembre de 2010 por la doctrina establecida en dos sentencias del Tribunal Supremo para los casos de “inexistencia objetiva del hecho imputado”.

Esa nueva doctrina estableció que por medio de ese artículo solo sería procedente reclamar la indemnización por error judicial cuando no se hubieran producido los hechos, es decir, en este caso, el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof.

En atención a esta reciente jurisprudencia, la Audiencia Nacional entiende que no procede estimar el recurso de Vázquez, aunque la sentencia cuenta con el voto particular de dos de los magistrados de la sala.

Para los jueces Nieves Buisán García y Javier Bermúdez Sánchez resulta “paradójica” la interpretación del TS, ya que esa doctrina surge como respuesta a dos sentencias del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que ampliaba la interpretación del artículo 294. n

 

La Audiencia niega a Dolores Vázquez una indemnización por el tiempo que permaneció presa

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