El Gobierno impide la doble comisión por sacar dinero en los cajeros de otro banco

El Gobierno impide la doble comisión por sacar dinero en los cajeros de otro banco
02/10/2015 Luis de Guindos tras el Consejo de Ministros. El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se regula el fondo de reserva que deberán constituir las fundaciones bancarias de las antiguas cajas de ahorros qu

El Consejo de Ministros aprobó un real decreto ley para regular las comisiones por la extracción de dinero en efectivo en los cajeros de una entidad ajena al emisor de la tarjeta, según anunció la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
El banco propietario del terminal no podrá cobrar una comisión directamente al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que podrá repercutir o no esta tasa al usuario, de forma total o parcial.
La pantalla del cajero deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir. La norma se publicará en el BOE y las entidades tienen de plazo hasta el 1 de enero de 2016 para adaptarse a la normativa.
Fuentes del Ministerio de Economía explicaron que la comisión que cobra el banco dueño del terminal directamente al cliente por sacar dinero desaparecerá cuando la norma se publique en el BOE, previsiblemente hoy. Las fuentes aclararon que se da de plazo hasta el próximo 1 de enero para cuestiones operativas, entre ellas, el establecimiento de la comisión que paga el emisor de la tarjeta al propietario del cajero y que deberán pactar o será impuesta por este último. El departamento que dirige Luis de Guindos recalcó que esta tasa será precisamente la comisión máxima.
En el caso de que la retirada de efectivo sea a débito, la emisora de la tarjeta solo podrá repercutir al cliente la comisión satisfecha al dueño del terminal, pero no podrá cobrar ninguna comisión o gasto adicional, según aclaró el ministro de Economía, Luis de Guindos, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Si la extracción de dinero es a crédito, el Gobierno contempla que la emisora de la tarjeta pueda cobrar un importe adicional a la tasa cobrada entre bancos, ligada a la concesión del crédito. Eso sí, esta cuantía no podrá superar al que la emisora cobra a sus clientes por sacar dinero en efectivo a crédito.
El Gobierno indicó que el propietario del cajero y el emisor de la tarjeta podrán pactar libremente la comisión a pagar por este último. En caso de que no alcancen un acuerdo, el propietario de la máquina fijará una tasa uniforme en todo el territorio nacional “y no será discriminatoria”. La cuantía se podrá revisar cada año.
“Se da seguridad y se protege al consumidor en una cuestión que estaba generando preocupación en la opinión pública”, explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
Las entidades de crédito deberán informar al Banco de España de las comisiones que cobrarán por la retirada de efectivo. Por su parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) deberá elevar un informe anual al Ministerio de Economía y Competitividad sobre los acuerdos y decisiones de las entidades en relación a las comisiones. El primer informe de la CNMC se emitirá en el primer semestre del próximo año.

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