Condenado por abusar de la hija de su pareja desde que la menor tenía cinco años

Los “xogos” que una menor residente en Carballo describió el pasado mes de noviembre ante un tribunal de la Audiencia coruñesa van a costarle al que hasta 2009 fue compañero sentimental de su madre una condena de ocho años y medio de cárcel. Eran, en realidad, tocamientos de tipo erótico, a los que la víctima se vio sometida, según han entendido los magistrados, desde que tenía cinco años hasta pasados los 11.
Tal como se recoge en la sentencia, fue en el año 2009 cuando la menor se confesó con una compañera del colegio que, ante la gravedad de lo relatado, acudió a su tutora. Así fue como se destaparon unos hechos que el acusado ha negado una y otra vez, pero que el tribunal estima probado a la vista del testimonio de la menor, de los indicios periféricos y de los informes forenses, que confirieron a la versión de la perjudicada total credibilidad.

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La sentencia habla de un delito continuado de abusos sexuales, que se concretaban, durante los primeros años, cuando el acusado aprovechaba que ayudaba a la niña a vestirse para manosearla en sus partes íntimas. También, cuando la madre dormía, el hombre –entonces treintañero– se metía con ella en la cama, se frotaba con ella o la forzaba a practicarle felaciones que hacía pasar por “o xogo da salchicha”. Ya a partir de que la menor cumplió los nueve años, establece la sentencia que su padrastro comenzó a besarla y obligarla a devolverle los besos o a someterla a masturbaciones, bajo la advertencia de que si contaba algo “podían ter problemas”.

viciado
Sobre el modo en que tuvieron lugar, los magistrados de la sección primera llegan a la conclusión de que ocurrieron sin que mediara la intimidación o la violencia, al entender que “la voluntad de la niña no fue doblegada por un estado de miedo de suficiente intensidad”.
Ahora bien, a punto seguido matizan que esa voluntad fue coartada de forma “definitiva” por la relación de superioridad entre el acusado y la víctima. Como se subraya en el dictamen, “se coartó la capacidad de decidir de la víctima”, por lo que hubo un “consentimiento viciado a la relación sexual”.

Condenado por abusar de la hija de su pareja desde que la menor tenía cinco años

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