La norma de desconexión prevé una “constitución catalana” un año después de la consulta

La norma de desconexión prevé una “constitución catalana” un año después de la consulta
Un momento de una de las manifestaciones soberanistas celebradas en Cataluña | toni albir (efe)

La Ley de Transitoriedad contempla en su articulado el procedimiento para elaborar mediante participación ciudadana una eventual “constitución catalana”, que Junts pel Sí y la CUP prevén que podría aprobarse en el plazo de un año si ganase el “sí” en el referéndum del 1 de octubre que pretenden celebrar.
En caso de resultado favorable de la opción independentista, la Generalitat activará un proceso constituyente, democrático, de base ciudadana, transversal, participativo y vinculante, para redactar y aprobar la Constitución de la República”. El proceso constaría así de tres fases sucesivas: una primera, de proceso participativo; una segunda, de elecciones constituyentes y elaboración de una propuesta de Constitución por parte de una Asamblea Constituyente; y una tercera, de ratificación de la eventual constitución mediante un referéndum.
El proceso participativo tendría lugar, según dicha ley, durante los “seis meses posteriores a la proclamación de los resultados del referéndum” y constaría de un proceso deliberativo a nivel sectorial y territorial y la convocatoria de un “Foro Social Constituyente” formado por representantes de la sociedad y partidos políticos.
Al mismo tiempo, el Govern creará, en ese supuesto, un consejo asesor formado por expertos académicos, catalanes e internacionales, para asesorar en esa fase deliberativa.
Acabado ese proceso participativo, “el presidente de la República disolverá el Parlament y convocará elecciones constituyentes”, del que saldría una “Asamblea Constituyente” que se compondría del mismo número de miembros que el Parlament disuelto. Esa “Asamblea Constituyente” dispondría de plenos poderes para redactar una propuesta de constitución, que se deberá aprobar por mayoría de 3/5 de los miembros del pleno; en caso de no ser así, será suficiente mayoría absoluta en una segunda votación; y ninguna de las decisiones de la asamblea “serán susceptibles de control, suspensión o impugnación por otro poder, juzgado o tribunal”.
Por último, una vez se aprobase la propuesta de la “constitución”, se someterá a referéndum y, de ser ratificada por la ciudadanía, se disolverá la Asamblea Constituyente y se procederá a convocar elecciones para conformar el nuevo sistema institucional de la nueva constitución.

1 Se podrá mantener la nacionalidad española
La Ley de Transitoriedad establece que la obtención de la nacionalidad catalana en caso de independencia “no exige la renuncia de la nacionalidad española”.
El artículo 7 de la ley expone que podrán obtener la nacionalidad catalana aquellas personas de nacionalidad española empadronados en Cataluña a fecha 31 de diciembre de 2016. También la obtendrán las personas con nacionalidad española empadronadas en Cataluña después de esa fecha y antes de la entrada en vigor de la ley, si lo piden tras cumplirse dos años de empadronamiento continuado en un municipio catalán. Y tendrá la nacionalidad catalana quien la solicite teniendo nacionalidad española y habiendo nacido en Cataluña; o que, residiendo fuera de Cataluña, haya tenido su última residencia administrativa en un municipio catalán al menos cinco años, o que sea hijo de madre o padre con nacionalidad catalana.

2 República al 100% antes de un año
La norma prevé que Cataluña funcione como una república “al 100%” antes del 1 de octubre de 2018, un año después del referéndum anunciado para el 1 de octubre de 2017.

3 El president será jefe de Estado
La ley señala que el presidente de la Generalitat pase a ser jefe de Estado en caso de una victoria del “sí” en el referéndum del 1-O. “Será el proceso constituyente el que definirá si es el presidente de la Generalitat es también el de la república”, dijo el diputado de la CUP Benet Salellas.

4 Expulsión del Ejército
Según la norma, la Generalitat asumirá el control “total” de las fronteras y aduanas. Además, se expulsará al Ejército. Sobre los detalles de cómo se asumirá el control fronterizo, JxSí y la CUP apelan al Gobierno: dicen que ellos han impulsado en el Parlamento catalán la ley de transitoriedad con las bases del corpus jurídico catalán, pero que debe ser el Ejecutivo de Carles Puigdemont el que concrete su aplicación con cinco decretos ley. Sobre el Ejército, dijeron que “dejará de tener jurisdicción en el territorio catalán” si gana el “sí” el 1-O. Aun así, dijeron que será una posterior Asamblea Constituyente la que decida si Cataluña tendrá dotación militar.

5 La Agencia Tributaria no recaudará en Cataluña
El paso del marco jurídico español al catalán en caso de independencia prevé que la Agencia Tributaria estatal deje de tener la potestad recaudadora en Cataluña tras el referéndum. Según explicita el texto de la norma la Generalitat tendría toda la autoridad tributaria, aunque sin afectar a las competencias recaudatorias de las administraciones locales.

8 El Consejo de Garantías rechaza la contratación
El Consejo de Garantías Estatutarias emitió un dictamen en el que tacha de inconstitucional el modelo de contratación que prevé la proposición de ley de la Seguridad Social catalana, una de las denominadas leyes de “desconexión”.
El dictamen del Consejo de Garantías, redactado a petición del PSC y de SíQueEsPot, analiza varios artículos a petición de los grupos y solo ve motivo de vulneración de la Constitución en el apartado dos de la disposición transitoria primera referente a la contratación de personal. l

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