El Supremo evalúa de nuevo el derecho al olvido con un caso sobre Miguel Hernández

El Supremo evalúa de nuevo el derecho al olvido con un caso sobre Miguel Hernández
Magistrados reunidos en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo |Aec

El Tribunal Supremo (TS) admitió a trámite el recurso presentado por el hijo de un secretario judicial que participó en el proceso por el que se condenó a muerte al poeta Miguel Hernández que busca que el nombre de su padre desaparezca de las búsquedas de Google. El Alto Tribunal entiende que este recurso puede ayudar a enriquecer la jurisprudencia sobre el derecho al olvido. 

 

El TS explicó que si bien el derecho al olvido ya se abordó en sentencias anteriores, la novedad en este caso es que se analiza desde la perspectiva de las personas vinculadas con ese secretario judicial ya fallecido. El asunto no versa solo sobre “la discrepancia de aplicación de la jurisprudencia en relación con el derecho al olvido y su eventual conflicto con el derecho a la información”.

 

Ampliar la jurisprudencia


“Procede admitir el recurso de casación por considerar necesario un pronunciamiento de este tribunal que aborde la cuestión desde la perspectiva de las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus herederos al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión”, apuntaron. 

 

En junio de 2022 la Audiencia Nacional desestimó el recurso del hijo de el alférez, que antes solicitó a Google que suprimiera 18 direcciones en donde se mostraban datos personales del padre como secretario judicial del Juzgado Militar que instruyó el procedimiento contra Hernández. 


Desde Google aseguraron que el derecho al olvido no se puede aplicar a los datos personales de fallecidos e insistió en que las direcciones remitían a informaciones de interés público y de relevancia histórica.


El Tribunal Supremo pretende “aclarar la incidencia que tienen las personas vinculadas al fallecido en la ponderación entre el derecho al olvido y el derecho a la información” y apuntó que el caso debe abordarse a la luz de los artículos 18 y 24 de la Constitución, de la doctrina constitucional y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

El Supremo evalúa de nuevo el derecho al olvido con un caso sobre Miguel Hernández

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