Curiosidades coruñesas: historias que aparecen en los libros de actas

Curiosidades coruñesas: historias que aparecen en los libros de actas
Plano de Ptolomeo siglo I-II de nuestra era. Portus Magnus Adrobicum (La Coruña) y Brigantium (Betanzos) | aec

Los libros de actas o de acuerdos municipales son auténticos tesoros para descubrir nuestra historia local, en donde se puede hallar de todo a gusto del lector. A veces se nos antojan difíciles de comprender, pero hay que situarse en el momento y entender la historia desde ese mismo punto de partida. Hasta llegar a donde estamos, en el libro 2, de 1531, encontramos la Real Cédula de Isabel I que data del año 1503, fechada en 24 de marzo en Alcalá de Henares, otorgando una Feria Franca, de duración de 30 días, a celebrar cada año dentro de los muros de la Ciudad Alta, y solo las cosas pesadas podían venderse fuera de dichos muros. La cual viene a decir:


“Doña Isabel por la gracia de Dios, Reina de Castilla, de León (...) por hacer el bien como vos (...) Regidores, hombres buenos de la ciudad de la Curunia, en el Reino de Galicia. De la dicha ciudad, porque más sea poblada, por la presente, os hacemos que se pueda hacer y se haga en esa ciudad dentro del cuerpo de murallas, tanto tiempo cuan sea mi voluntad que fuere, una feria franca de treinta días en cada año, los cuales empiecen los días doce del mes de julio hasta los doce días del mes de agosto del presente año de la data de esta mi carta, que en adelante tendrá que durar los dichos treinta días en cada año”


Esta Feria Franca, se convierte con el paso del tiempo en las conocidas fiestas veraniegas de A Coruña en la actualidad.


Acuerdo de pago

Estos antiguos legajos, como joyas, nos muestran las más variadas causas y acuerdos a tomar, de modo que el 4 de noviembre de 1541 una de ellas dice:


“Juan Ianes Solero dijo, que para cumplir y pagar la renta del Malvecín, daba por fiador a Francisco de Varcelos, vecino de la ciudad, como principal deudor y pagador. Renunciando las leyes de otros reyes de venir a la auténtica presente... en beneficio de la división, se obligaron en sus personas y bienes de pagar a la ciudad, al mayordomo de ella, cada año y por diez años, 500 maravedíes, por tercios y del dicho alquiler ha de repararse el dicho Malvecín, y lo pagará sin pleito ni juicio, bajo pena del doble (...)”


Los arreglos a que estaba supeditado el Concejo eran cosa de la ciudad, así en 30 de mayo de 1543 se toma el acuerdo propuesto por el procurador Juan Montoto, regidor, que por cuanto el muro de la cárcel estaba abierto y había gran necesidad de cerrarlo para la defensa de la ciudad con este tiempo de guerra, pidió y requirió a sus señorías lo mandase cerrar. Y mandaba a Juan Montoto, que tiene cargo de la Capitanía y gente de la ciudad –la muralla cae en su defensa– que tome canteros que obren la muralla y carpinteros que hagan una puerta recia con su clavazón y lo ponga en orden de defensa, él estando presente demandase dar dinero y todo lo necesario y se haga en quince días, bajo pena, de 50 mil maravedíes para la cámara de su majestad y lo mismo pidió y requirió el señor Domingo de Quiroga.


Provisiones

Teniendo en cuenta que los acuerdos se definían como asuntos de república el 15 de agosto de 1545 se escribe:


“Estando juntos en regimiento los magníficos señores Juan Velásquez Botello, corregidor de la ciudad y en representación por su majestad (alcalde del Rey) regidores, Rodrigo Domínguez, Francisco Montoto y Antonio de Somorrostro, uno de los procuradores de la ciudad, entendiendo en las cosas al servicio de su majestad y por el bien de la República. Estando presentes Juan de Ponte, Marcelino do Barral, Antón y Juan do Borrical, como vecinos de la ciudad, dijeron que se obligaban con sus personas, bienes y muebles. Por dar y darían, para la provisión de la ciudad, la carne siguiente; desde la ordenanza en adelante, hasta el día de Navidad, primera venidera en cada semana, doce bueyes y vacas que sean buenas a precio de tres blancas la libra, a su cargo pagar la sisa.


Dando asimismo desde la ordenanza, en cada semana, hasta el dicho día de Navidad, 20 carneros, doce carnes en cada semana, a precio de cada libra, de ocho maravedíes, a su cargo pagar la sisa. Darían todos los castrones y cabras que pudieren, a precio de la libra de tres blancas. La libra de cabra a nueve blancas y a su cargo la sisa.


También avisaron que no se pueda meter ninguna carne en la ciudad y en sus alrededores hasta Palavea, toda la que se venda de la ciudad hasta la mar, sino fueren por los que ellos quisieren y fuese sin voluntad. Bajo pena de mil maravedíes a cada uno que lo contrario hiciesen, aplicados en todas partes que tenga la ciudad.


Los señores regidores nombren una persona, que tome cuenta de la sisa, dar prueba de la dicha carne cada semana, de lo cual, nosotros comprobaremos el semanero, sino fuese de proveer la semana, pague una pena por primera vez 100 maravedíes, por la segunda 200 maravedíes y por la tercera 300 maravedíes, aplicados conforme a las ordenanzas.


Queda asentado, el alguacil de la ciudad no puede prender a los obligados sobre la carne, sino expedientados por las dichas penas.


Se mandó pregonar públicamente que ninguna persona sea osado de vender ninguna carne en la ciudad ni alrededor hasta Palavea y entorno de dicha ciudad al respecto, si no fuesen los obligados de proveer la ciudad de carne. Bajo pena, de mil maravedíes por cada vez que lo contrario hicieren, aplicada conforme a la ordenanza de la ciudad y que se pregone”.


Era el mandato de cómo se regía en el siglo XVI nuestro Ilustre Concejo.

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