El plan contra el fraude prevé que las rentas no declaradas no prescriban

El plan contra el fraude prevé que las rentas no declaradas no prescriban
Montoro y Sáenz de Santamaría, tras el Consejo de Ministros efe

Las rentas no declaradas no prescribirán y se imputarán al último período impositivo no prescrito, al tiempo que se reforzarán las acciones cautelares de la Agencia Tributaria, incluidos embargos, para evitar que los presuntos evasores se declaren insolventes o alcen sus bienes.

Así figura en el anteproyecto de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, y tras el que el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, explicó que se trata de ganar equidad tributaria e incrementar la recaudación.

Por su parte, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, justificó la ampliación de las medidas cautelares y recordó que en los tribunales españoles hay expedientes fiscales abiertos pendientes de cobro por valor de 6.000 millones de euros.

Además, el anteproyecto prevé que se limiten los pagos en efectivo a cantidades inferiores a 2.500 euros y que sean sujetos infractores tanto el pagador como el receptor del pago, con una sanción del 25% del valor del pago en efectivo. El límite es de 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente, con el fin, según Montoro, \“de favorecer al turista que viene a hacer compras en España\”.

El ámbito de aplicación de esta limitación de uso de efectivo serán las operaciones realizadas entre empresas y/o profesionales, por personas físicas con empresas y/o profesionales, y no se aplicará a las operaciones realizadas exclusivamente entre particulares o con entidades de crédito. Además, se eximirá de sanción al sujeto que voluntariamente comunique el pago en efectivo a la Administración en los tres meses de haberse producido el pago.

El plan crea una nueva obligación de informar sobre cuentas y valores en el extranjero con un modelo de declaración que se habilitará a tal efecto y cuyo incumplimiento conllevará una sanción específica. Por otro lado, se establece la exclusión del régimen de módulos a aquellos empresarios o profesionales que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares y cuyo volumen de rendimientos íntegros del año anterior sea superior a 50.000 euros.

Este sistema de tributación se creó para que muchos autónomos no tengan que llevar una contabilidad efectiva de la actividad a cambio de pagar a Hacienda una cantidad determinada según la profesión sin importar su nivel de ingresos y gastos.

Sin embargo, en este grupo –denominado \“moduleros\”– se ha concentrado gran parte del fraude fiscal ya que, algunos de estos profesionales emiten facturas a las empresas para que estas puedan deducírselas del Impuesto de Sociedades y aplicarse la deducción por IVA.

Se excluyen por lo tanto del régimen de módulos o estimación objetiva las actividades con una retención del 1%, como carpintería, confección, albañilería, cerrajería, fontanería o pintura.

Por su parte, los Inspectores de Hacienda consideran que el plan supone el reforzamiento legal de la inspección \“más importante en una década\” y califican de \“esencial\” la potenciación de la figura del inspector.

El plan contra el fraude prevé que las rentas no declaradas no prescriban

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