Los singulares pleitos y bienes de la vida de Mayor Fernández Pita

Los singulares pleitos y bienes de la vida  de Mayor Fernández Pita
La estatua de María Pita en la plaza coruñesa | aec

Es un pleito muy curioso (el de 1611. Enlegajo 3.607/16. Sobre bienes y herencia) y discurre en la feligresía de Traba, comarca de Bergantiños. El origen se halla en una concesión que realiza el monarca a Mayor Fernández, sobre los bienes del clérigo Domingo de Pedreira y respondía a un privilegio que había solicitado Fernández Pita en 1607, pidiendo al rey la cesión de las propiedades de diversos clérigos, como fueron, Pedro Yáñez, Gutiérrez Gómez y Enrique Estévez.


Pero, sin saber el motivo, se le conceden los bienes de Domingo de Pedreira. Se trataba de clérigos que hacía tiempo habían fallecido, sin tener herederos legítimos en quienes legar. De ahí la pretensión de Mayor Fernández de quedarse con aquellos bienes al estar estos a disposición de la Cámara del Rey, el cual podía libremente hacer uso de los mismos.


Se trataba de clérigos que hacía tiempo habían fallecido, sin tener herederos en quienes legar. De ahí la pretensión de Mayor Fernández de quedarse con aquellos bienes


En este caso existía un hijo por amancebamiento de aquel clérigo, y aunque aquellas relaciones se consideraban incestuosas y no podían heredar bien alguno, la laguna que existía sobre los procedimientos hace que aquel clérigo deje los bienes a un tercero, para que con el paso del tiempo los pase al hijo legítimo del clérigo.


Restitución de los bienes

Por lo tanto, instituye como heredero a Pedro López de Basandre y este pasa aquellos bienes a Lorenzo de Pedreira, hijo natural de Domingo de Pedreira, pero la repentina muerte de éste último convierte al nieto de aquel clérigo en el heredero de dichos bienes, quien también se llamaba Domingo de Pedreira.


Aquella demanda interpuesta pretendía la restitución de los bienes perseguidos por Mayor Fernández contra los querellados, pero después de varios años de litigio, la querellante no podrá hacerse con los bienes, ni tampoco se dictó sentencia alguna al respecto sobre este singular pleito.


El segundo es el de 1612, enlegajo 17.867/8. Pago de rentas. Este pleito arranca en 1590 y tendrá su continuidad en 1612, al querellarse Pedro Fernández Cabarcos, contra Gil de Figueroa, marido de Mayor Fernández, quien alegaba “que él era el Señor del Coto de Ledoño y tenía su jurisdicción desde hacía más de 40 años”. Gil de Figueroa nunca le contradijo dicha posesión.


El día de San Pedro del año anterior se había entrometido Gil de Figueroa a nombrar por juez del dicho coto a Rodrigo González. No podía levantar vara de justicia en dicho Coto por ser del querellante, en lo que aquel cometió fuerza y delito, pide se castigue.


Gil de Figueroa, el marido de Mayor Fernández, promete aportar a la causa lo contrario de lo allí dicho con anterioridad, pero no llegará a hacerlo por razones que se ignoran


El propio Gil en su defensa alega que era el señor de las tres cuartas partes de aquellas tierras y que habían sido de sus padres y antepasados y que Cabarcos, si tenía alguna jurisdicción en el Coto, sería solo de la octava parte, que al parecer compró a Pedro Bermúdez. Si en algún tiempo el padre de Pedro Fernández había poseído parte de aquella jurisdicción, lo había sido como padre y administrador de sus hijos y de María Bermúdez, su primera mujer, por cuya cabeza le vendrá la mencionada jurisdicción, siendo aquella hermana del padre de Gil de Figueroa.


La información que Francisco González de Lesta aporta de Pedro Cabarcos muestra que su padre había sido el Señor del Coto de San Pedro de Ledoño y ejerció en él todos los actos de jurisdicción civil y criminal, ejerciendo a su muerte, aquella, Fernando Cabarcos, Pedro Bermúdez, Francisco González y Gil Bermúdez, como hijos y herederos de su padre, sin contradecir en ello el Gil de Figueroa, a quienes se le había consentido ser los dueños del Coto de Ledoño.


Gil de Figueroa, marido de Mayor Fernández, promete aportar a la causa lo contrario de lo allí dicho, pero no llegará a hacerlo por razones que se ignoran, mientras que la declaración testifical de Cabarcos dice:

“Pedro Fernández Cabarcos: Ni el marido de Mayor Fernández ni ninguno de su linaje tuvo vasallos en el Coto de Ledoño, porque los vasallos los heredó él, Gil de Figueroa, por Rodrigo Soneira Bermúdez de Riobóo, su padre y Teresa Fernández de Castro, su abuela y recusa para hacer la información a las justicias de este Reino”.


Testamento

Aquel pleito debió quedar inconcluso, ya que Gil de Figueroa fallece poco después, el 7 de enero de 1613, haciendo testamento. Por una de aquellas cláusulas nombraba a su mujer Mayor Fernández Pita, curadora de sus hijos, Juan y Francisco, como la heredera de seguir el pleito como señora del Coto de San Pedro de Ledoño, que litigará de nuevo entre los años 1614 a 1618.


Durante una buena parte de su vida, Mayor Fernández Pita se verá obligada a pleitear con Gil Bermúdez de Figueroa, primo carnal de su extinto marido, contra Francisco González de Lesta y, sobre todo, contra Pedro Cabarcos, a quien no consentía que él se denominase Señor del Coto de Ledoño.


Lo que es evidente es que Gil de Figueroa, aforó en 1608 a Pedro Fernández de Cabarcos el lugar de Ledoño, donde éste vivía entonces, por su vida y la de su mujer, así como sus montes y prados, tal y como Pedro Cabarcos había heredado de su padre Francisco González de Lesta, y por la renta anual de 18 ferrados de trigo, puestos en la casa de dicho lugar, en que Pedro Cabarcos vivía.

En los pleitos señalados aparece también que Mayor Fernández Pita había cobrado en algún año el quinto de los montes y terrazgos del Coto, lo cual impedirían más tarde que lo siguiese haciendo tanto Pedro Cabarcos como Gil Bermúdez, lo que daría origen a nuevos pleitos por fuerza y otros delitos de apropiación de bienes. 

Los singulares pleitos y bienes de la vida de Mayor Fernández Pita

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