Nuria Roca pagará 15.000 euros a Sonia Castedo por llamarle "choriza"

Alicante, 9 may (EFE).- La presentadora de televisión y locutora de radio Nuria Roca deberá indemnizar con 15.000 euros a la exalcaldesa de Alicante Sonia Castedo (PP) por llamarla "choriza" y "delincuente" en su blog.

Así lo establece una sentencia del juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante, a la que ha tenido acceso Efe, que estima la demanda por protección al honor interpuesta por la exalcaldesa del PP, que dimitió el pasado diciembre a raíz de su doble imputación en dos presuntos casos de corrupción urbanística.

La periodista publicó en su blog 'Los tacones de Oliva' el pasado 19 de septiembre un editorial en el que confesaba que Castedo le caía "muy mal" y le tenía "manía" pese a no conocerla al "detestar todo lo que representa".

A continuación, indicaba a los lectores que iba a expresar sus sentimientos respecto de Castedo "sin la censura habitual" que obliga a utilizar términos como "presunción de inocencia" o "supuesta".

"Yo no sé qué dirán los jueces sobre sus corruptelas, pero para mí usted no es una presunta choriza, es una choriza sin paliativos... Pues eso, que esta señora me cae muy mal. Y espero que se haya notado", concluía Roca.

Castedo demandó a la periodista en los tribunales y reclamó una indemnización de 75.000 euros por daños morales, así como que se publicara la posible sentencia condenatoria en diversos medios de comunicación.

La juez María Fernanda Lorite ha estimado la demanda al entender que el contenido del blog "entraña una intromisión ilegítima en el honor" de la demandante "que no se halla amparada por el derecho reconocido en el artículo 20.1 de la Constitución española, que establece y protege la libertad de expresión".

Recuerda la juez que la locutora olvidó que la "censura" que obliga al uso de expresiones como supuesta o presunta deviene del derecho de toda persona a ser considerada "inocente mientras no se demuestre lo contrario en un procedimiento penal con todas las garantías legalmente establecidas, y mediante el dictado de una resolución firme".

"Esta juzgadora estima que la expresión 'choriza sin paliativos' es objetivamente injuriosa y vejatoria, y no se halla justificada por los usos sociales, ni atenuada su significación por las circunstancias concurrentes en el caso", apunta el fallo, fechado ayer, en relación a los dos procesos penales derivados del 'caso Brugal' en los que Castedo está imputada.

En esas piezas separadas del Brugal, a Castedo se le atribuyen, presuntamente, los supuestos delitos de cohecho, tráfico de influencias y revelación de información privilegiada.

De acuerdo con la sentencia, el apelativo utilizado por la demandada, que significa según el diccionario de la Real Academia de la Lengua "ratero, descuidero o ladronzuelo" tenía como objetivo "generar el desmerecimiento y el descrédito hacia la persona a la que va dirigida", cosa que se "acentúa dada la evidente exteriorización del menosprecio u animosidad con el que se realiza".

La magistrada condena a la periodista a indemnizar a Castedo con 15.000 euros y a publicar la sentencia en su blog y en dos medios de difusión escritos, uno de carácter provincial y otro nacional.

Nuria Roca pagará 15.000 euros a Sonia Castedo por llamarle "choriza"

Te puede interesar