El Supremo anula la expropiación urgente que decretó Fomento para ampliar Alvedro

El Supremo anula la expropiación urgente que decretó Fomento para ampliar Alvedro
30 septiembre 2012 a coruã±a.- el ministerio de fomento garantiza con 32 millones de euros la ampliaciã³n de la pista del aeropuerto de alvedro

El Tribunal Supremo ha anulado la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la pista de Alvedro. En concreto, ha estimado parcialmente el recurso contencioso administrativo presentado por la Asociación de Veciños Afectados pola Ampliación do Aeroporto que, entre otros argumentos, defendía que no había motivos para emprender este proceso de forma urgente, que implica que a los vecinos se le retiren sus terrenos sin haber cobrado previamente la indemnización correspondiente.

Entiende que no se argumentaron las razones por las que no se podía seguir                el proceso habitual

El Alto Tribunal ha dado la razón a la plataforma en esta cuestión y entiende que el acuerdo del Consejo de Ministros del 26 de noviembre de 2010 promovido por el Ministerio de Fomento no justifica por qué este proceso se debe tramitar por la vía de urgencia en lugar de a través de un proceso ordinario. “O que permitiu que AENA ocupase os bens e dereitos necesarios para a realización das obras de ampliación do aeroporto sen necesidade de aboar previamente aos seis titulares o xusto prezo do expropiado”, declara el abogado del colectivo, Xoán Antón Pérez-Lema.

“El acuerdo del Consejo de Ministros (...) no ofrece ninguna explicación ni razonamiento sobre la concurrencia e circunstancias que justifiquen acudir al procedimiento de urgencia en lugar de seguir el procedimiento expropiatorio ordinario”, señala la sentencia.

 

consecuencias

Por tanto, ahora el expediente se retrotrae para ser tramitado de forma ordinaria, lo que significa que AENA deberá restituir los bienes y derechos expropiados a sus titulares para después abonarles su compensación y solo entonces proceder a la ocupación de los mismos. Como este proceso será imposible de ejecutar porque las obras ya están en marcha, Pérez-Lema aclara que esta decisión servirá para acelerar la tramitación de aquellos afectados con los que todavía no se ha llegado a un acuerdo, en su mayoría propietarios de tierras de labranza y montes. En el caso de los que ya han cerrado las negociaciones con AENA, casi todas las personas a las que expropiaron su vivienda o empresa, no les afecta esta decisión del Supremo, según explica el letrado.

Pérez-Lema critica la práctica generalizada de “ocupar primeiro
e pagar despois”

Para el resto de damnificados, o bien la administración consigue firmar un convenio o tendrá que resolver el jurado de expropiación. “Porque devolver as posesión dos terrenos entendo que é imposible”, señala Pérez-Lema.

Para el abogado la importancia de esta decisión recae en la “corrección” que hace el Alto Tribunal al Gobierno y en general a todas las administraciones públicas al señalar que “es necesario que se expresen o se justifiquen las causas en el acuerdo que declare la urgencia”. El abogado entiende así, que los Poderes Públicos se ven obligados a arfumentar porque “teñen que ocupar primeiro e pagar despois”. Y es que esta práctica que se contempla como excepcional, en muchos casos, se está generalizando para acelerar determinadas obras. n

 

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