El PP avisa de que el proceso de petición de la Renta Municipal colapsará los servicios sociales

El PP avisa de que el proceso de petición de la Renta Municipal colapsará los servicios sociales
14 octubre 2015 A Coruña.- El PP asegura que todos los días se realizan desahucios en A Coruña Los ediles populares Miguel Lorenzo u Lucía Canabal

Días después de denunciar que la Renta Social Municipal no es una paga, sino un abono de facturas, el PP advirtió ayer de las complicaciones que implica la aplicación de esta futura ordenanza. En este sentido, el concejal Miguel Lorenzo recalcó que los requisitos que recoge el documento para su tramitación provocará el colapso de los servicios sociales, dada la complejidad de todo el proceso para su solicitud. 
Lorenzo recordó que según la normativa solamente se les daría a aquellas personas que no tengan derecho a la Risga por lo que primero tendrán que solicitarla –presentando toda la documentación necesaria–, tramitarla, y una vez denegada, volver a iniciar la tramitación de esta “supuesta Renta”. 
Ahondando en este tema de la documentación para la Renta Municipal, Lorenzo recordó que en su mayoría coincide con la que se pide para la tramitación de la Risga por lo que es redundante que los solicitantes tengan que volver a presentarla.
Entre los documentos que hay que aportar para pedir la ayuda municipal está la certificación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social; Lorenzo apunta como problema que si el solicitante tiene algún impuesto sin pagar, como el del coche, no le pueden dar la subvención.
También hay que entregar, entre otros documentos, el certificado de convivencia –que se solicita al propio Ayuntamiento–, la sentencia de divorcio o separación; la acreditación en caso de ser emigrante, discapacitado, víctima de violencia de género, refugiado o víctima de trata de seres humanos; la declaración responsable de si se solicitó o no durante ese año alguna ayuda; la documentación de todos los gastos de la unidad familiar; la certificación expedida por Tráfico en caso de tener vehículos a nombre de cualquiera de los miembros de la unidad familiar; la copia de la escritura de préstamo y los recibos de la hipoteca, de haberla; los documentos que acrediten otras propiedades; los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia; la declaración responsable de no percibir ingresos no declarados ni poseer bienes; y el importe de la renta en caso de vivir de alquiler.

largo proceso
Una vez recabada toda esta documentación por parte del solicitante, la trabajadora social recibe el usuario, le solicita toda la documentación y emite un primer informe con un diagnóstico y una propuesta sobre la idoneidad o improcedencia de la Renta Social y sugerencias sobre la forma de pago de esta, previa verificación de todos los datos. Si se le concede la Renta, además, la trabajadora social tendrá que establecer una propuesta de itinerario de inclusión. 
El proceso continúa con el envío del informe a la Mesa de Avaliación, que se volverá a remitir al trabajador social designado como instructor del procedimiento. Este formulará una nueva propuesta provisional, que el solicitante podrá alegar, y finalmente se emitirá la propuesta de resolución definitiva. Cada una de estas proposiciones se someterá además a fiscalización por parte de la Intervención General Municipal.
La pregunta que se plantea desde el grupo municipal es cómo se hará esto en la práctica y se cuestiona si habrá que fiscalizar cada uno de los pagos todos los meses.
Lorenzo recalcó que el PP no se opone a la partida presupuestaria para pago a proveedores de servicios de los ciudadanos que no puedan hacer frente a los mismos. Tampoco se opone, dijo, a la norma, en cuanto supone una modificación de la normativa ya existente de emergencia social; pero sí se opone a que se denomine Renta Social Municipal porque lleva a equívoco y crea falsas expectativas, pues a pesar de su nombre “Renta” no consiste en dar una paga al beneficiario, como es la renta de inclusión social de Galicia (Risga) sino en pagar servicios a proveedores como ya venía recogido en la normativa de emergencia social. 
El edil popular insistió en este asunto, al considerar que es importante la denominación por dos motivos: no es lo mismo ingreso que ayuda para los beneficiarios, ya que al ser una subvención que paga un servicio, los indigentes, por ejemplo, no tienen derecho a ella y sí a la Risga. Explicó que las personas sin hogar no tienen servicio alguno que abonar (no pagan luz, ni agua, ni alquiler), dado que utilizan servicios como el albergue de transeúntes o la cocina económica, y en consecuencia, no tienen derecho a la Renta Social.

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