El Supremo rechaza por “prematuro” paralizar la orden de exhumar a Franco

El Supremo rechaza por “prematuro” paralizar la orden de exhumar a Franco
23 agosto 2018 página 27 / 04 octubre 2018 página 29 MADRID (Comunidad de Madrid), 21/8/2018.-Una persona envuelta en una bandera en la explanada del Valle de los Caídos. El Gobierno aprobará el próximo viernes un decre

El Gobierno no podrá ejecutar un futuro acuerdo que ordene expresamente la exhumación de Francisco Franco sin dar la oportunidad a la familia de impugnar este acuerdo concreto, que aún no se ha adoptado por el ejecutivo, de nuevo ante el Tribunal Supremo.

Así lo dice la Sala de lo contencioso-administrativo de este órgano tras rechazar ayer paralizar la exhumación del dictador del Valle de los Caídos, lo que había sido solicitado como medida cautelar por sus nietos mientras se resuelve sobre el fondo del recurso que presentatron contra la orden del Consejo de Ministros que inició el proyecto para sacar los restos de la Basílica.
A juicio de la Sala, el acuerdo del Gobierno recurrido no justifica por sí mismo la exhumación de los restos de Franco ni produce una situación irreversible que haga perder la finalidad del recurso. Aún queda pendiente, en todo caso, la resolución sobre el fondo de este asunto.

La exhumación, en cuestión, anunció el alto tribunal en una nota, solamente podrá producirse en virtud del acuerdo que en su momento pueda adoptar motivadamente el Consejo de Ministros y ese acuerdo, susceptible desde luego de ser objeto de recurso ante esta Sala, “no podrá ser ejecutado sin que previamente los recurrentes hayan podido refrendarlo y recabar la tutela judicial efectiva”.

Para ello los magistrados se basan en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en una sentencia del mes de septiembre –respuesta a las demandas Solska y Rybycka contra Polonia–, en las que el órgano de garantías europeo amparó a dos viudas de víctimas accidente de avión en el que murió el presidente polaco. En dicha sentencia se cuestionó la exhumación de las dos víctimas pues no se pidió el consentimiento de las familias.
Para los nietos del dictador, promotores de la impugnación del acuerdo del Consejo de Ministros, se vienen produciendo “irregularidades” en todo el procedimiento, pues la orden de exhumación consecuencia del decreto que modifica la Ley de Memoria Histórica, “debiendo tener carácter colectivo respecto de todos aquellos inhumados en el Valle de los Caídos que no hubieran fallecido a consecuencia de la Guerra Civi” de Franco.

Por su parte, el Abogado del Estado afirmaba que la petición de la familia se refiere genéricamente a la ilegalidad del acto, pero sin concretar las causas.

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