Los muertos en las carreteras españolas superan el millar en lo que va de año

Los muertos en las carreteras españolas superan el millar en lo que va de año
10/10/2016 Imagen del accidente en Yecla. Un total de siete personas han fallecido en los siete accidentes mortales registrados en las carreteras españolas durante este fin de semana, según ha informado la Dirección General de Tr&aac

El número de personas muertas en las carreteras españolas superó el millar. En concreto, las víctimas de tráfico en lo que va de año suman 1.002, una cifra un 3 por ciento superior a la registrada en la misma fecha de 2015, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). 
En los primeros nueve días de noviembre, el número de personas fallecidas se eleva a 20 en 18 accidentes de tráfico, 15 menos que las víctimas registradas en las mismas jornadas de 2015 en 32 siniestros. Pese a ello, son 28 personas más las que perdieron la vida por accidente de circulación en lo que llevamos de 2016. 
En cuanto siniestros con víctimas mortales, el número en este año asciende a 891, un 1 por ciento menos que en el ejercicio pasado. El mes de noviembre de 2015 se cerró con 101 fallecidos en 92 accidentes de circulación. La cifra total de fallecidos el año pasado se elevó a 1.131. 
Hasta el momento, el mes con más siniestralidad de tráfico fue el de agosto, con 130 muertos en 117 accidentes, seguido del de julio, con 123 fallecidos. En ambos casos, las cifras son superiores a las de 2015. 
Por otro lado, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 27 de la Comunidad de Madrid redujo una multa de tráfico que había sido recurrida al reconocer que, para estimar la velocidad a la que iba el infractor, es necesario tener en cuenta el margen de error que pueden tener los radares en la medición, de acuerdo con la normativa sobre estos dispositivos.
La sentencia reduce así la sanción a un conductor que fue captado por un radar a 151 kilómetros por hora y al que se le había impuesto una multa de 300 euros y la retirada de dos puntos del carné de conducir.
El documento del juzgado estima parcialmente el recurso presentado por el consultor al considerar que, a partir de 100 kilómetros por hora y en velocidades superiores, el margen de error posible de los radares se sitúa en cinco kilómetros por hora o en siete kilómetros por hora, en el caso de los radares móviles, tal como establece la orden ITC/3123/2010 que cita el juzgado.
De este modo, la sanción sobre el conductor debía calcularse no en la franja de infracción que comienza a partir de los 151 kilómetros por hora en vías con una velocidad máxima permitida de 120 kilómetros por hora, sino en la franja que va hasta los 150 kilómetros por hora, de forma que la sanción ha quedado reducida a 100 euros y no supone la retirada de puntos del carné, de acuerdo con el fallo.
El despacho responsable del recurso sobre la sanción impuesta inicialmente celebró la estimación parcial de la solicitud por parte del juzgado y recordó a la Dirección General de Tráfico que no debe aplicarse la instrucción “tolerancia 7”, que establece la velocidad a partir de la cual los conductores pueden ser multados en 131 kilómetros por hora en una vía con una velocidad máxima de 120 kilómetros por hora, sin tener en cuenta el margen de error de los radares.
“Lo habitual es que se produzcan sanciones graves y muy graves que no aplican los márgenes de error, vulnerando así los derechos que otorga a los conductores la legislación”, aseguraron. n

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