Condenado a cuatro años el conductor que arrolló a un joven en Carral y se dio a la fuga

a.b. > a coruña
 Con cuatro años de cárcel, el mismo tiempo de privación del permiso de conducir y el pago de importantes indemnizaciones ha sancionado el juez de penal 2 al conductor que la madrugada del 19 de febrero de 2007 provocó la muerte de un joven en la carretera que atraviesa Carral. La víctima caminaba junto a varios amigos por el margen de la calzada cuando, poco antes de las siete de la mañana, el vehículo del hombre llevado a juicio por estos hechos el pasado mes de marzo se salió de la vía y lo arrolló después de colisionar contra varios contenedores.
Tras causar el accidente, el acusado huyó del lugar, después de exclamar ante los presentes “o matei, o matei”, pero sin comprobar el estado del herido –que fallecería momentos después– ni dar aviso a ningún servicio de emergencia. Es por esa reacción que, junto al delito de homicidio por imprudencia derivado del suceso, la sentencia culpa al piloto de una segunda infracción, la de omisión del deber de socorro.

Por miedo > El hombre se entregó a la Guardia Civil dos horas después de abandonar el lugar de los hechos, y lo hizo acompañado de su hermano. Según argumentó entonces, había escapado de la escena del accidente “por miedo” y porque “quería morirse” a la vista de lo que acababa de causar, si bien reconoció que habían sido los amigos del fallecido, y no él, quienes habían llamado a la ambulancia.
También señaló entonces que el atropello se produjo al quedarse él dormido al volante, cuando regresaba a su casa de Almeiras después de haber tomado unas cervezas y unas copas en las últimas 24 horas, en las que –dijo– apenas había dormido. Este argumento se descarta sin embargo en la resolución judicial, a la vista de las valoraciones efectuadas por los miembros de la Guardia Civil que intervinieron en el procedimiento, y que concluyeron que el accidente se produjo por la incapacidad de reacción del conductor por culpa del alcohol ingerido.

Por miedo > El atropello ocurrió, según consta en la sentencia, en un tramo descendente y en curva que venía precedido de otra curva en el sentido contrario. La zona contaba con iluminación y el firme se encontraba mojado a causa de la lluvia. Según la interpretación que hace el juez de lo sucedido, el procesado perdió el control del coche en la salida de la primera curva y al intentar rectificar su trayectoria con un volantazo se salió de la vía por el margen opuesto hasta colisionar, primero contra los containers del arcén y por último contra el peatón.
Con estas premisas, el juez considera “incuestionable” que el suceso se debió a una “imprudencia” del acusado, tanto por el hecho de haber cogido el vehículo bajo los efectos del alcohol como por su modo de conducción,  que no se correspondía con su estado de embriaguez y cansancio ni tampoco con la situación de la carretera y de las condiciones meteorológicas.
En este sentido, establece la prohibición de conducción para el hombre durante cuatro años. A mayores, cuantifica en 91.000 euros la compensación a percibir por cada uno de los padres del fallecido, y en 16.500 la que corresponde a sus dos hermanas.

Condenado a cuatro años el conductor que arrolló a un joven en Carral y se dio a la fuga

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