La exedil ourensana Áurea Soto queda absuelta de un delito de prevaricación

La exedil ourensana Áurea Soto queda absuelta de un delito de prevaricación
18 noviembre 2015 página 29 Ourense.- La exedila del PSOE Áurea Soto niega que cometise prevaricación

La socialista Áurea Soto ha sido absuelta de un delito de prevaricación urbanística durante su etapa como concejala de Urbanismo de Ourense, en relación con la concesión de licencia a los edificios de la Plaza de San Antonio y el aparcamiento subterráneo.
El juicio se celebró a mediados del pasado mes de noviembre y, en su declaración, la exedila negó haber incurrido en prevaricación con esa decisión e incluso llegó a denunciar que el objetivo de la vista era forzar su salida de la política local. Así, sostuvo que “nadie” en el consistorio le manifestó dudas sobre la legalización de ese conjunto.
La investigación judicial se inició a raíz de una denuncia presentada por Democracia Ourensana en 2011, que acabó retirándose del caso, y la acusación la ejercieron tanto la Fiscalía como la hija de un empresario local.
En la sentencia, la titular del juzgado de lo Penal número dos de Ourense, Noemí González Camba, indica que “no ha quedado probado” que las decisiones tanto de la exconcejala como de Carlos Hernández, el abogado -también absuelto- que redactó el informe jurídico externo para tratar de frenar la demolición de las viviendas y del parking, “contraviniesen de modo claro y manifiesto el derecho vigente”.
Y es que, como recuerda la magistrada, existen “diferentes interpretaciones” tanto sobre las licencias como sobre el carácter público o privado del subsuelo de la citada plaza, de modo que no puede concluirse que la concejala y el experto contratado hayan obrado “con el conocimiento de actuar en contra del derecho”. Así las cosas, en lo que atañe a la posibilidad de que se haya cometido una irregularidad urbanística, la jueza deja en manos de “la jurisdicción contencioso-administrativa” su análisis al no existir “una infracción palmaria de las normas jurídicas”.
Por tanto, lo que señala el fallo judicial de la magistrada no es que el planteamiento de Soto y Hernández “sea correcto desde el punto de vista urbanístico”, sino que su conducta “no reúne el plus de antijuricidad exigido para la comisión del delito de prevaricación”.

La exedil ourensana Áurea Soto queda absuelta de un delito de prevaricación

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