Condenas de seis a once años para los secuestradores del maderero cambrés

Condenas de seis a once años para los secuestradores del maderero cambrés
QUINTANA. JUICIO SECUESTRO CAMBRE. EN AUDIENCIA PROVINCIAL

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña hizo ayer pública la sentencia por el caso del secuestro de un empresario maderero cambrés, unos hechos que sucedieron en la localidad de Aranga para llevárselo después a un cobertizo en Lalín (Pontevedra). De este modo, se condena a penas que oscilan entre los seis y los once años de cárcel a las ocho personas acusadas de perpetrar estos hechos en enero de 2014.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular pedían diez años de prisión por el delito de secuestro para todos ellos, una pena a la que el propio Ministerio Público había añadido otros tres años de prisión para cinco acusados por tenencia ilícita de armas.
Así, la Audiencia Provincial, en el fallo emitido, condena a Jesús Mejuto Paredes –considerado como el cabecilla de la trama-; José Manuel Mejuto Paredes, José Miguel Mejuto Rivera, Jesús Manuel Miguélez García, Ramón Mosquera Tarrío e Isabel Martínez Silva, como “autores directos y personales criminalmente responsables” de un delito de secuestro. 
Por dicho delito les imponen a cada uno una pena de nueve años de cárcel, pero además, a los cinco primeros, les caen otros dos años y seis meses de prisión por otro delito, en este caso el de tenencia ilícita de armas.
Asimismo, al matrimonio integrado por Miguel Martínez Cuadrado y Esther Silva Taboada –en cuyo cobertizo mantuvieron al empresario hasta su liberación por la Guardia Civil– les considera “cooperadores necesarios” del delito de secuestro. Por eso, les impone una pena de seis años, seis meses y un día de prisión.
Por otra parte, los seis primeros –todos menos esta última pareja–, tienen expresamente prohibido acercarse al empresario, Abel D.N., durante un período de 18 años. En el caso del matrimonio, ese tiempo se reduce a trece años. Asimismo, deberán indemnizar al empresario cambrés con una suma total de 200.000 euros.
Entre otros aspectos, la sentencia rechaza la posibilidad alegada por los condenados de que Abel D.N. tuviese la posibilidad de huir, dado que “la constante vigilancia del encierro” por parte de los ya condenados, “que se turnaban en ello”, así como lo aislado del lugar donde permaneció secuestrado y “el desconocimiento del terreno” por parte de la víctima, lo impedían
Por otra parte, la sentencia remarca que los acusados “eran responsables de vigilar el encierro” y que pudieron liberar al secuestrado “con suma sencillez en múltiples ocasiones”. “Si no lo hicieron, fue porque su voluntad era la de mantener ese encierro –que duró seis días–”, dice el fallo judicial.

Condenas de seis a once años para los secuestradores del maderero cambrés

Te puede interesar