Una familia contrata a un fontanero para reformar el cuarto de baño de su casa. Las obras cuestan 2.500 euros pero, una vez finalizadas, el matrimonio se niega a pagarlas. No quiere o no tiene dinero. Entonces, el trabajador acude al juzgado a interponer una demanda civil. Desde ayer, esa acción costará al fontanero 150 euros por la tasa del juicio verbal, más el 0,5% de lo reclamado, en este caso, 12,5 euros. Si a eso se añaden los gastos de abogado y procurador, el proceso judicial se llevará una parte importante de la deuda antes incluso de cobrarla.
El ejemplo, ficticio pero plausible, lo exponía ayer en los juzgados una procuradora para ilustrar las consecuencias que tendrán para el ciudadano las tasas judiciales que ya se aplican en los procedimientos civiles, sociales y contenciosos, y en los recursos penales.
Como ella, en los pasillos eran muchos los profesionales de la justicia que ya tenían su propia historia pocas horas después de entrar en vigor la norma, a pesar de que ni el Colegio de Abogados ni el decanato de los juzgados –allí donde se registran los procedimientos que entran en todos los órdenes jurisdiccionales– vivieron incidencias por la aplicación de la Ley de Tasas.
Es el caso, este real, de un abogado que acudía a presentar una demanda por divorcio con liquidación de la sociedad de gananciales del matrimonio, por importe de 420.000 euros. Tras informar a sus clientes de las tasas –400 euros más el 0,5% de los bienes, 2.100 euros– su trabajo se redujo: la pareja optó por presentar únicamente la demanda de divorcio y liquidar la sociedad fuera del juzgado, por vía notarial.
La convicción de que a estos ejemplos van a sumarse otros mucho más graves para el ciudadano de a pie ha llevado a todos los operadores jurídicos a protestar contra esta ley, que ayer empezaba a aplicarse. En el decanato coruñés, tras el aluvión de demandas de las últimas semanas para esquivar las tasas, ninguna de las demandas adjuntaba ayer el “impreso marrón” que justifica la autoliquidación, aunque hay una explicación para ello, ya que el pago puede efectuarse vía telemática, a través de la web de la Agencia Tributaria.
inconstitucionalidad
Según informa la jueza decana de A Coruña, María Teresa Cortizas, será a cada oficina judicial a quien corresponderá ahora comprobar que ese pago se ha realizado, un trámite que “retrasa aún más el trabajo del juzgado”.
Para el decano del Colegio de Abogados, Antonio Platas, el trabajo del juez ante la aplicación de este tributo va mucho más allá. “Los jueces tienen un arma muy importante, que es la cuestión de inconstitucionalidad”, señalaba ayer el letrado, cuyo colegio ha declarado la guerra a la Ley de Tasas.
Como explica, si un juez, ante una demanda o recurso, tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley, puede suscitar la cuestión ante el Tribunal Constitucional e incluso paralizar ese procedimiento hasta que haya respuesta. “Si esto se produjese masivamente podría colapsarse la justicia”, vaticina Platas.
Existe, según el abogado, una segunda vía por la que un juez podría desoír la Ley de Tasas, y es en caso de estimar que existe una norma europea de mayor rango contraria a la española. En ese supuesto, que ya se ha dado en España, podría dar trámite a una demanda sin el justificante del pago.