Absuelven al alcalde de Abegondo de un delito de prevaricación urbanística

Absuelven al alcalde de Abegondo de un delito de prevaricación urbanística
Juan José Rocha (d) sustituyó en la alcaldía de Abegondo a José Antonio Santiso en el año 2004 | aec

El juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña absolvió al alcalde de Abegondo, José Antonio Santiso, de un delito de prevaricación urbanística del que le acusaba la Fiscalía por la construcción de viviendas en suelo rústico entre los años 2002 y 2007 en la parroquia de Limiñón.
El tribunal, sin embargo, condena al exregidor Juan José Rocha a ocho años de inhabilitación especial para el ejercicio de todo cargo o empleo público relacionado con la construcción, al tiempo que se le impone una multa de 6.600 euros.
También fueron condenados tres técnicos municipales. El arquitecto Antonio C.N., a dos años de prisión y otros diez de inhabilitación para cargo o empleo público relacionado con la construcción; Manuel C.M. ha sido penado con la inhabilitación durante ocho meses y similar multa económica que Rocha, y la también arquitecta Cristina B.L. a inhabilitación especial para cargo público relacionado con la construcción y multa de 2.700 euros.
Asimismo fueron absueltos otros cinco exconcejales del PP que formaron parte de las corporaciones investigadas.
El magistrado, en la sentencia hecha pública ayer, declara la “ilegalidad” de todas las licencias que se trataron en el procedimiento penal y deja en manos de la jurisdicción contencioso-administrativa la decisión sobre el derribo de los inmuebles o la reposición de la legalidad.
La sentencia indica que basta contemplar las imágenes aéreas de las urbanizaciones construidas para “advertir que el patrimonio paisajístico de Abegondo ha quedado seriamente dañado”.

“Cincuenta licencias”
El magistrado del juzgado de lo Penal número 2 añade que “no se trata de una vivienda o dos ilegales e ilegalizables”, sino que “se trata de más de cincuenta licencias en diferentes actuaciones, y algunas fincas más también afectadas”.
La sentencia hace hincapié en que “zonas enteras del municipio” fueron “convertidas en una arbitraria e irracional dispersión de edificaciones, con el resultado de un feísmo agravado y una caótica y posiblemente irreparable urbanización del Ayuntamiento”.

Orden de derribo
El tribunal también ordena a Antonio C.N. a a derribar, por cuenta propia, la casa que tiene en la zona, pues destaca que “participó en el procedimiento y tuvo ocasión de defender la legalidad de su vivienda”.
Contra la sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, por medio de escrito autorizado con firma de letrado y procurador, dentro de los diez días siguientes a su notificación. l

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