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Sociedad

Condenado por "obligar" a sus hijos a ver vídeos porno y además a "recrearlos" entre ellos

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón por dos delitos continuados de exhibicionismo de material pornográfico a menores de edad, después de que obligase a sus hijos de nueve y seis años a "visionar en su teléfono móvil videos de pornografía y a recrear entre ellos el contenido de los videos de naturaleza sexual".

En una sentencia emitida el pasado 18 de septiembre y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia declara probado, por expreso reconocimiento del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre su defensa, la Fiscalía y la acusación particular, que "en momento indeterminado, pero en todo caso a lo largo de año 2018 y hasta el mes de julio de 2020, el acusado, español mayor de edad y sin antecedentes penales, mantenía una relación afectiva con una mujer fruto de la cual tenían dos hijos menores de entonces nueve y seis años de edad", conviviendo todos ellos en una vivienda de una localidad de la provincia.

"Al menos" tres veces

En ese marco, "en momentos indeterminados, pero en todo caso en las fechas referidas, encontrándose en el domicilio común el acusado en compañía de sus hijos, cuando la madre de los menores descansaba o dormía, o bien se encontraba a solas con estos, determinado en la voluntad de satisfacer su animo libidinoso y atentar contra la indemnidad sexual de los menores; al menos en tres ocasiones les obligó a visionar en su teléfono móvil videos de pornografía y a recrear entre los menores el contenido de los videos de naturaleza sexual", según el relato de hechos probados reconocido por el inculpado.

Además, el relato de hechos acreditados agrega que "con idéntico animo, el acusado se condujo respecto de su hija, a la que durante dicho lapso temporal y en varias ocasiones la obligo a realizarle tocamientos en sus genitales por encima de la ropa"; agregando que la madre de los menores y pareja el encartado denunció el asunto y el mismo "ha consignado la cantidad de 15.000 euros, en concepto de responsabilidad civil".

Condena pero sin cárcel directa

Dado el caso, el tribunal le condena a cuatro años de cárcel por dos delitos continuados de exhibicionismo de material pornográfico a menores de edad, con la atenuante muy cualificada de reparación del daño; a seis años de retirada de la patria potestad, a 12 años de prohibición de acercarse a sus hijos o comunicarse con ellos y a ocho años de libertad vigilada post penitenciaria.

Pero su pena de cárcel queda suspendida siempre que no vuelva a delinquir durante tres años y cumpla 292 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a someterse a cursos formativos de educación sexual, entre otros aspectos.

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