Rechazan rebajar la pena a un condenado por violación a su expareja ya que con la ley del 'solo sí es sí' sería mayor

Rechazan rebajar la pena a un condenado por violación a su expareja ya que con la ley del 'solo sí es sí' sería mayor

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rechazado la solicitud de revisión de la condena de 11 años de cárcel a un condenado por un delito continuado de violación a su expareja ya que con la ley del 'solo sí es sí' la pena sería mayor.


Pese a la petición del reo ante la entrada en vigor de la nueva legislación, el tribunal explica que, en su día, fue sentenciado como autor de un delito continuado de agresión sexual en la modalidad de violación, con la agravante de parentesto.


En la resolución subraya que, conforme a la nueva norma, la circunstancia mixta de parentesco en función de la agravante genérica que se le apreció al penado, "pasaría a integrar un subtipo agravado que lleva aparejada una pena superior", de 7 a 15 años de prisión.


Esa pena, según indica la Audiencia, es "más grave", pues su límite superior "excede, con creces, de los 12 años de prisión que como máximo se le podría haber impuesto con la legislación vigente al tiempo de los hechos".


En la sentencia, el tribunal consideró probado que el condenado agredió sexualmente a su expareja entre mediados de agosto y finales de septiembre de 2015. Los hechos sucedieron tras la ruptura entre el acusado y la víctima, quienes mantuvieron una relación durante cinco años.


"Hubo repetidas agresiones sexuales una vez terminada la relación sentimental realizadas en un breve espacio temporal. El encausado le obligó a mantener relaciones sexuales unas ocho veces, además de la ocurrida en la furgoneta el día de la denuncia", indican los magistrados, asegurando que no queda duda que el procesado actuó con "violencia e intimidación".


MÁS DE 50 REBAJAS DE CONDENAS
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han revisado y emitido al menos 107 decisiones --tanto revisiones de penas ya impuestas como recursos-- referidas a condenas.


De ellas, al menos 52 han supuesto una rebaja de la pena de los delincuentes, mientras que en el resto de ocasiones, ha sido mantenida la condena porque la Ley del 'solo sí es sí' supondría que el juicio se saldaría con una pena igual o mayor que en la que se puso en su momento.  

 

La causa procede de un juzgado de Cambados

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