La familia Franco se opone a que los bienes muebles permanezcan en el pazo de Meirás bajo tutela del Estado

La familia Franco se opone a que los bienes muebles permanezcan en el pazo de Meirás bajo tutela del Estado
La Abogacía del Estado afirma que 14 bienes desaparecieron del pazo | quintana

La defensa de la familia del dictador Francisco Franco se negó a que determinados bienes muebles localizados en el pazo de Meirás permanezcan allí bajo la tutela del Estado porque entienden que no hay peligro de que se produzcan desmanes sobre los mismos en caso de que decidan moverlos de lugar, habida cuenta de que la familia los ha conservado durante más de 40 años.
 

Así lo manifestaron en la vista de medidas cautelares celebrada en el juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid, en la que la Abogacía del Estado defendió que los bienes no sean sacados del pazo por la familia Franco mientras se dilucida si un total de 564 bienes deben pasar a ser de propiedad pública.
 

El letrado de los Franco sostiene que no hay peligro de deterioro o desaparición de esos bienes que justifique la cautelar que evitaría que salieran del pazo, y destacó que los servicios jurídicos no fueron precisos a la hora de inventariar los bienes dado que por ejemplo “no es posible saber contra cuáles no se dirige” la cautelar. Alega esta parte que la petición se hace por descarte y es “altamente confusa”.
 

Además, lamentó que se hable en la demanda del Estado de posibles “desmanes” sobre esos bienes por parte de los Franco cuando se han aquietado a toda resolución judicial. 
 

Entiende que no se puede dar por supuesto que se vayan a cometer desmanes o que se vayan a estropear por el hecho de ser retirados, y resaltó que la familia del dictador los ha custodiado durante más de 40 años, por lo que “si a día de hoy hay algo que proteger en Meirás no es gracias al Estado sino a la familia”.
 

Por eso, apunta la defensa que el ‘periculum in mora’, el riesgo de que algo sufra cambios mientras se decide sobre el fondo del asunto, en este caso es una elucubración porque se ha de acreditar el riesgo de pérdida o deterioro cierto. Añade que esta medida suele denegarse cuando el bien en cuestión se ha conservado por la persona de manera normal o no los ha sustraído a la acción de la justicia.
 

Por otro lado, la defensa incidió en que el Estado goza de amplísimas facultades para proteger el patrimonio sin tener que recurrir al gravamen del depósito judicial, y añadió que esas herramientas son tan eficaces o más que las que se piden en las cautelares, como la de inspeccionar el estado de conservación de los bienes propiedad de particulares.

 

Medidas conservativas

Para la Abogacía del Estado sí que existe un peligro de deterioro y de pérdida de bienes, y sostuvo que de hecho el patrimonio documental se encuentra en un estado de conservación deteriorada por lo que requiere “medidas conservativas”.
 

Además, explicó que se ha constatado que 14 bienes desaparecieron en 1975, por lo que esgrime que hay circunstancia de riesgo, deterioro y pérdida de patrimonio. Con todo, los servicios jurídicos del Estado niegan que se trate de una incautación y que con la cautelar lo que se pretende es que los funcionarios puedan trabajar en el pazo.

La familia Franco se opone a que los bienes muebles permanezcan en el pazo de Meirás bajo tutela del Estado

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