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A Coruña

Una sentencia judicial obliga a retrotraer la elección de la jefa de Seguridad Ciudadana

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Una sentencia del juzgado número dos de lo contencioso-adminsitrativo cuestiona el nombramiento de Montse Paz como jefa del área de Seguridad Ciudadana, en marzo de 2021. El fallo, que se puede apelar ante el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG), exige al Gobierno local que “retrotraiga” el proceso, y que realice un “nombramiento lo suficientemente motivado”. Hay que señalar que el puesto de jefe de área (de libre designación) nunca había existido en Seguridad Ciudadana, y el juzgado contencioso-administrativo considera que en el procedimiento no se explicó debidamente por qué creó ese puesto y por qué se escogió a esta candidata. Desde el Ayuntamiento consideran que la decisión no anula el nombramiento, solo requiere ampliar su justificación.

Uno de los otros candidatos, Jorge Souto, un intendente de la Policía Local, fue el que decidió acudir a los tribunales después de que se desestimara el recurso de reposición que el Ayuntamiento desestimó en septiembre del año pasado. Hay que decir, además, que la valedora do Pobo reprochó al Ayuntamiento su falta de transparencia en este proceso. Al parecer, no entregó toda la documentación, requerida al Policía Local (ahora jubilado) en el plazo legal para que se pudiera recurrir.

Discrecionalmente

La portavoz del PP, Rosa Gallego, denunció en su momento que “Inés Rey y Lage Tuñas (concejal de Personal y portavoz municipal)” habían nombrado “discrecionalmente, para este puesto, que se creó expresamente,” para esta militante socialista (figura en la listas con la que Rey concurrió a las municipales), psicóloga de la prisión de Teixeiro.

Desde el BNG, su portavoz, Francisco Jorquera, se limitó a señalar que “nestes procesos de provisión de cargos é preciso sempre ser moi coidado nas formas e garantista cos deritdos das personas aspirantes e neste caso hay dúbidas fundadas de que se actuase co rigor debido”.

El propio Souto señaló sobre la sentencia: “Estoy contento porque efectivamente la sentencia, lo que viene a decir es que los puestos de funcionarios, aunque sean de libres designación, no son de nombramiento arbitrario, sino que deben nombrarse en función de las características. Es un paso adelante para que todo el mundo sepa que estos puestos, que dan acceso a la función pública, hay que valorarlos por la trayectoria profesional”.

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