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A Coruña

El Ayuntamiento de A Coruña calcula que el tope del alquiler entrará en vigor en julio

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El precio del alquiler en A Coruña estará limitado a partir del próximo mes. Fuentes municipales calculan que “a finales de julio” entrará en vigor la declaración de zona tensionada, una propuesta municipal aprobada por la Xunta. Esta medida, con una vigencia de tres años, tiene como objetivo limitar los precios del arrendamiento en toda la ciudad.

Preguntada este jueves por su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), la conselleira de Vivenda, María Martínez Allegue, señaló que el Gobierno autonómico sigue “estrictamente” la normativa estatal. El Ministerio de Vivienda, por su parte, alega que espera la publicación en el DOG para poner en marcha las medidas. Allegue, no obstante, dice que la norma establece que tiene que publicarse en el Boletín Oficial del Estado, por lo que la Xunta no lo publicará al no tener “obligación”.

La Ley de Vivienda señala que, para que una urbe sea declarada zona de mercado residencial tensionado, tienen que darse dos realidades: que el coste de la hipoteca o alquiler, sumados los gastos, sea superior al 30% de la renta media de los hogares, y que el precio de la compra o alquiler experimentase un incremento superior al 3% del IPC en los últimos cinco años. La urbe cumple con los criterios en un 50% de los diez distritos censales y en un 70% de las 186 secciones. A Coruña cuenta, en la actualidad, con un parque residencial de 873 viviendas públicas, de las que 450 son municipales y 423, autonómicas.

Para relatar de forma sencilla qué supone para la población la declaración de zona de vivienda tensionada, el director gerente de la Asociación Provincial de Promotores Inmobiliarios de A Coruña, Juan José Yáñez, distingue en dos puntos la medida. “En el grupo de los pequeños propietarios que hayan alquilado su piso en los últimos cinco años, la renta de los nuevos contratos no podrá superar el precio fijado en esos años”. Es decir, “los pequeños propietarios no pueden subir ni un euro más de lo que fuese la renta de los cinco años anteriores”.

Si por el contrario un particular no ha tenido su piso en el mercado del alquiler y va a hacerlo por primera vez, o si la persona es un gran tenedor, “están sometidos al sistema estatal de referencia de precios de alquiler. Tienen que ajustar los nuevos contratos a lo fijado”.

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