Las alegaciones de los Franco a María Pita sobre la Casa Cornide son desestimadas

Se propondrá la revisión de oficio de los acuerdos plenarios de 1962 para la venta del inmueble
Las alegaciones de los Franco a María Pita sobre la Casa Cornide son desestimadas
Exterior de la Casa Cornide | Javier Alborés

El proceso de recuperación de la Casa Cornide para el dominio público está teniendo no pocas dificultades. La revisión de los acuerdos plenarios tomados en su día para la venta del inmueble se encontraron con las alegaciones de la familia Franco, que ahora son rechazadas de pleno por los servicios de Cultura del Ayuntamiento, que remitirán su informe al Consello Consultivo.
 

La primera de todas es la que señalaba que no se había notificado en ningún momento a los herederos de Pedro Barrié de la Maza (quien ganó la puja pública en 1962 y después se la transmitió a Carmen Polo), algo que se subsanó posteriormente dando audiencia a los mismos. 

 

 


 

Otro de los puntos es el límite temporal para poder llevar a cabo la revisión de unos acuerdos tomados hace más de 60 años. A este respecto, se echa mano de varios precedentes. Uno es el proceso de recuperación del pazo de Meirás, que los informes de María Pita consideran trasladable al caso de la Cornide. En base a otras sentencias del Supremo, se apunta también que no se puede confundir el plazo de prescripción de acciones que puedan anular la puja llevada a cabo en su momento con el ejercicio de la revisión de oficio, “non sometido a prazo”. En lo tocante a que los derechos reales se hayan ganado por la posesión continuada en el tiempo, los servicios municipales aseguran que no se cumplirían los requisitos, ya que es una “posesión viciada” por considerar fraudulento el cambio de posesión en los 60.

 

Otras respuestas

Una de las alegaciones rechazadas pone en duda el interés histórico y artístico de la Casa Cornide y que se habrían incumplido varios artículos de la ley de Patrimonio Histórico Artístico Nacional de 1933 y las leyes que regían procesos de venta como el del inmueble herculino. Para echar atrás este punto, desde María Pita no sólo se señala el expediente de incoación como BIC, si no que se recuerda que ya en 1962 el inmueble contaba con más de cien años de vida. Ya en el momento de aquella puja de 1962 se hablaba de tener en cuenta “a necesidade artística”, poniendo en valor el edificio tardobarroco del que el responsable de Patrimonio Artístico en 1962, Manuel Chamoso, destacaba que había sido casa “do ilustre polígrafo D. José Cornide”. 
 

Otra de las alegaciones hace mención a las modificaciones de las cláusulas de los pliegos de la puja de 1962, que relevaban la prohibición de ceder el bien a una tercera persona y la realización de transformaciones. A este respecto, se apunta que este cambio “vicia de nulidade a adxudicación efectuada”, ya que en aquel momento ya no era posible modificar o alterar aquel pliego sin una revisión de oficio previa.
 

En la última respuesta a las alegaciones se pretende dejar claro que la operación de aquella puja buscaba que la familia Franco se hiciese con la casa. Para refrendarlo se echa mano de una carta de agosto de 1962 de un secretario de la Casa Civil del Jefe del Estado al subsecretario del Ministerio de Hacienda: “Tengo el gusto de comunicarte que hoy, por fin, terminó el plazo para la puja de la sonada casa que tanto deseaba Su Excelencia. Hoy también se reúne el Pleno para adjudicarla a un particular y este venderla a la Señora”.


Desestimadas las alegaciones, se pretende seguir adelante con la tramitación del expediente para la revisión de oficio de dos acuerdos plenarios (del 3 de julio de 1962 y del 2 de agosto de 1962). El primero era el que disponía la puja pública de la Casa Cornide y el segundo el que la adjudicaba a Pedro Barrié y cambiaba los mencionados puntos del pliego. 

Las alegaciones de los Franco a María Pita sobre la Casa Cornide son desestimadas

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