Prisión permanente revisable

seguro que para un experto en estadísticas la proporción “tres de cuatro” en una sola muestra es demasiado escasa para sacar conclusiones. Pero como yo soy de letras y ya nos vamos conociendo, quiero compartir con usted mis impresiones al ver que de los cuatro condenados por la máxima pena, la prisión permanente revisable (PPR), tres de ellos lo son por crímenes machistas.
Los cuatro casos son absolutamente estremecedores, pero los tres que implican a mujeres son aún más espeluznantes porque en dos de ellos las víctimas son hijos menores de sus parejas y en el tercero, un familiar discapacitado de la pareja del asesino.
La pregunta que parece evidente es si esto es una coincidencia o es esta una respuesta del legislador a unos delitos que dibujan un nuevo formato de violencia hacia las mujeres: matar lo que más se quiere, hacer el mayor daño posible. ¿Qué puede doler más que le hagan daño y maten a un hijo?, ¿qué crimen más vil es asesinar a un inocente para hacer daño a otro?
En los casos en los que se puede aplicar la PPR deben concurrir unas circunstancias agravantes específicas, entre ellas, por ejemplo, delitos contra la Corona, matar al Rey, a la Reina o a sus descendientes, asesinar a una autoridad extranjera, delitos de genocidio, de lesa humanidad, asesinatos después de un secuestro, asesinatos múltiples y finalmente los casos que al principio he mencionado: cuando la víctima sea menor de 16 años o una persona especialmente vulnerable, cuando el delito sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, violaciones en serie…
Si la ley avanza hacia una penalización específica en materia de violencia hacia las mujeres, quiere decir que ésta se ha convertido en una lacra crónica y no en un fenómeno que podamos erradicar. Quiere decir que el Estado necesita dar una respuesta de mayor contundencia penal.
La PPR se aprobó en 2015, en tres años han sido condenados cuatro hombres, cuyos casos no serán revisados antes de 25 o 30 años, si cumplen con las condiciones para que puedan optar a una revisión de condena.
Sin duda la pena es dura y puedo llegar a comprender que algunos piensen que la PPR sea en realidad una cadena perpetua. También entiendo que ante los cuatro casos y, de manera particular, ante los casos de Moraña, de A Coruña y del pequeño bebé de 17 meses en Vitoria, los anuncios de que se derogaría la ley hayan quedado en papel mojado.
La pena es dura, sí. Pero más dura es la vida de esas mujeres que han quedado destrozadas.
También es duro constatar que la PPR implica la certeza de que los casos en los que se pueda aplicar esta condena seguirán produciéndose de manera casi inevitable.
Y esto es lo tremendo, que pueda parecer que sólo podemos actuar ante el delito y no impedir que se produzca.

Prisión permanente revisable

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