El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid desestimó íntegramente la demanda por competencia desleal que la patronal de empresas de transporte en autobús Confebús presentó a mediados de 2015 contra BlaBlaCar, la web que conecta personas para compartir viajes en coches particulares que, de esta forma, evita su cierre.
El magistrado Andrés Sánchez Magro, el mismo que en diciembre de 2014 dictó el cierre de Uber en España, descarta ahora que BlaBlacar preste un servicio de transporte profesional sin tener las autorizaciones para ello. Al contrario, el juez considera que esta empresa constituye una “plataforma, no para organizar el transporte, sino para poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos y compartir gastos”.
El juez sustenta su consideración en el hecho de que BlaBlaCar no tiene contratados conductores. “Son particulares que por su cuenta y riesgo buscan personas que tengan interés en realizar ese mismo viaje y pagar, no en el sentido de pagar un servicio, sino el coste de un viaje”, indica la sentencia. Tampoco estima como exponente de un negocio el precio que se paga por gastos del viaje o el importe que la plataforma sugiere, al estimar que “no persiguen ánimo de lucro” y considera que se orientan a garantizar la calidad servicio.
Así, descarta que la actividad de BlaBlacar esté sujeta a la Ley de Transportes Terrestres, en contra de lo que denuncia el sector del autobús, sino que la sitúa en el ámbito de la Ley de Servicios de Sociedad de la Información, como reivindica la plataforma. Además, aduce que “para que la actividad constituya una competencia desleal tiene que haber causado un perjuicio significativo, daño que queda acreditado”.
De esta forma, el Juzgado rechaza todos los puntos de la demanda de la patronal de autobuses, que denunciaba competencia desleal de BlaBlaCar dado que, en su opinión, actúa como empresa de transporte sin las autorizaciones correspondientes, el viaje se paga por plaza, tiene gastos de gestión y la compañía expide un ticket o factura.
En su auto, el juez indica que las partes coinciden en que viajes compartidos en coche privado pueden buscarse de una “manera artesanal” mediante carteles en los tablones de anuncios de las universidades, los supermercados o incluso en internet”.
“BlaBlaCar perfecciona este sistema artesanal dado que genera un enorme volumen de proveedores y usuarios, pues debido a su fama y a la publicidad que realiza, todo el que quiere abaratar su viaje, o quiere hacerlo en coche particular puede acceder de forma infinitamente más efectiva”, explica la sentencia. n