El gobierno local rechaza el recurso del promotor de la gasolinera

  El Ayuntamiento de Betanzos ha desestimado el recurso de reposición presentado por un particular interesado en construir una gasolinera en la avenida de Fraga Iribarne (A Magdalena) después de que la junta de gobierno decidiese denegarle la licencia, con fecha de 27 de octubre de 2011.

El empresario interpuso el recurso alegando el incumplimiento del trámite de audiencia con lo que, según él, se le habría privado de defender la legalidad del proyecto y la posibilidad de corregirlo “en los aspectos en que no se cumpliera en su integridad con las determinaciones de aplicación”, lo que le obligaría ahora –señala el recurso– a presentar uno nuevo.

En el informe jurídico, los servicios municipales indican que la concesión de toda licencia es una actividad reglada de la administración y los técnicos determinan si en la solicitud de una licencia concurren requisitos establecidos legalmente para concederla y, en caso contrario, las circunstancias que ha tenido en cuenta para ello. “No puede ser, por tanto, una cuestión sometida a contradicción permanente, ya que para rebatir argumentos son otros los cauces que deben utilizarse y menos el momento de ‘negociar’ aspectos del proyecto que permitan corregir el mismo, salvo aquellos que pudieran tener consideración de deficiencias subsanables, lo cual no es el caso”, apuntan desde el Ayuntamiento de Betanzos.

En cuanto a la falta de trámite de audiencia que esgrime el particular, los servicios jurídicos son claros y, en base a jurisprudencia, explican que el recurrente se limita a alegar la falta de audiencia, sin especificar en qué medida le ha causado indefensión, pudiendo aportar en el recurso de reposición las pruebas documentales que consideren oportunas, por lo que no puede considerarse que exiseta indefensión. “En base a ello, se procede desestimar el recurso presentado”, señalaron fuentes del equipo de gobierno del socialista García Vázquez.

La administración municipal reitera que gobierno local denegó en su momento la licencia en base a informes técnicos y jurídicos. El proyecto de obra contemplaba un movimiento de más de 21.000 metros cúbicos de tierra en suelo rústico, y este hecho es incompatible con la legislación vigente.

Así, la Lei de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural de Galicia (Louga) especifica que los propietarios de terrenos con este tipo de clasificacion tendrán el derecho a usar, disfrutar y disponer de ellos de conformidad con la naturaleza y destino rústico de los mismos, pero solo podrán llevar a cabo acciones sobre el suelo o el subsuelo que no impliquen movimiento de tierras.

El gobierno local rechaza el recurso del promotor de la gasolinera

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