El mal uso y abuso de las cofradías que desencadenó en una orden de cese en 1841

El mal uso y abuso de las cofradías que desencadenó en una orden de cese en 1841
Aguadoras, tomando agua en la fuente de hierro de la Marina 1905

En contestación a la advertencia de las autoridades acerca de abuso que se hace de las cofradías sin contar con autorización, y aún con manifiesta tendencia a menguar el respeto debido a las leyes, relajando los vínculos de obediencia para con el Gobierno, que la nación ha dado, la regente ordenó el cese de cualesquiera asociaciones religiosas, ya ordinarias de España, ya del extranjero, que no hubiesen obtenido la autorización del Gobierno.


Los legisladores españoles habían previsto este exceso desde antiguo y para contenerle dictaron disposiciones severas, comprendidas en la Novísima Recopilación. Estas providencias eran aplicables a los casos denunciados y por tanto se consideró obligación de todas las autoridades velar por su exacto cumplimiento, disponiendo que cesen todas las cofradías. “Para este fin se sirvió mandar S A que se recuerde a las autoridades así judiciales como gubernativas lo dispuesto en las leyes 6° título 2°, libro I, y 12, título 12, libro XII de la Novísima Recopilación, que son relativas a la materia”, recoge el documento de la época, que ordena su cumplimiento y comunicación a los jueces de primera instancia del territorio, como suscribe en Madrid, a 18 de noviembre de 1841, Alonso- Sr. Regente de la Audiencia de la Coruña.


Unos días después, el 27 de noviembre de 1841, Juan Freire de Andrade añade “copia de su original que se mandó guardar, cumplir y circular, para conocimiento de los jueces de primera instancia de que certifico y firmo como escribano de cámara en sala primera de la audiencia territorial de Galicia u secretario del tribunal pleno”.


También en el apartado de curiosidades aparece la actividad de una fábrica de chocolate en A Coruña, en 1842, que se resume de la siguiente manera: “En 20 del actual se da principio a la venta del chocolate que se elabora con todo esmero en la referida fábrica, calle de Acevedo 54. Existe de todas calidades y precios, advirtiendo que los artículos de que se compone son de superior calidad en sus clases y para mayor comodidad de los consumidores se haya construido en panales de libra, de media y cuatro onzas. También del chocolate de tercera hay panales cuya libra es dividida en veinte pastillas”.


El mismo texto indica que “los consumidores experimentarán ventajas que sabrán apreciar, pues a la buena calidad del género producido por el exquisito cuidado y método nuevo de fabricación, se agrega la comodidad del precio que es mucho menor en cada clase al que hoy día se está verificando” y destaca que “dispone depósito para su venta en Santiago, Rúa del Villar 31; Ferrol, calle de la Iglesia 52 y Portales de Salomón 113, y Betanzos, Soportales de la Puerta de la Ciudad 2”.


El 16 de marzo del mismo año se apunta a que “en la nueva fábrica de chocolate de J. Piñón, calle de Acevedo 54, acaba de elaborarse el denominado de regalo, con una parte, de cacao de Maracaibo”. Una mejora que describe como “presentada al público en los pocos días que lleva abierto el establecimiento” y “precursora de otras que sucesivamente se adoptarán sin alterar por ello el precio a las clases respectivas, como sucede en este de regalo que no se hace variación a pesar del mayor aprecio y valor que tiene en los mercados el cacao”.


También curioso es el documento de 19 de enero de 1892 que refiere a “cerdos sueltos” en A Coruña. En este caso, es el alcalde constitucional de la ciudad, Juan Flórez, quien señala que “por las ordenanzas municipales acordadas por este Ayuntamiento en enero de 1837 y bandos posteriores publicados, está prohibida la cría de cerdos dentro de la población”. Un texto que continúa: “su presencia en las calles y paseos desdice mucho de las reglas de una buena policía urbana que con esmero, deben observarse siempre en una ciudad culta capital de provincia, como es la Coruña. Suelen manchar el traje de los transeúntes y les incomodan; dañan y destruyen el pavimento (...) además vino a demostrar el perjuicio que causan al arbolado, porque se ha visto que con su roce lo descortezan y matan”.


Así, recuerda la prohibición ya dictada de criar cerdos dentro de la población; imponiendo al que la infrinja la multa de 40 reales por, la primera vez (...) y la vagancia de los mismos animales en todo el distrito municipal aunque vayan al cuidado de una persona”.

El mal uso y abuso de las cofradías que desencadenó en una orden de cese en 1841

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