El suicidio de un hombre en Granada una hora antes de ser desahuciado y el intento de otro en Valencia arrojándose desde un balcón, “escenifican” el drama social por el que pasa una parte de la sociedad. El desplome de la construcción, motor del empleo, del crédito y consiguientemente del consumo en los últimos años, ha provocado un aumento exponencial del número de procedimientos hipotecarios con sus consiguientes embargos y posteriores lanzamientos en vía ejecutiva.
De esta situación no son responsables los jueces, los cuales se limitan a aplicar la Ley. Y es aquí donde debemos centrar, por una parte, las críticas y, por otra, la esperanza de una modificación. Un informe realizado por siete jueces, a petición del CGPJ, concluye con la propuesta de modificación y limitación del cauce ejecutivo hipotecario en una serie de supuestos. Sería demagógico por mi parte, tal y como hacen determinadas formaciones de izquierda, defender el perdón de las deudas a cambio de la entrega de la vivienda, pues el sistema de préstamos hipotecarios se vería alterado de tal forma que impediría que otras personas pudieran acceder al derecho a la vivienda.
La cuestión debe ser planteada con una visión global del negocio inmobiliario y del sistema de préstamos; pero lo que defiendo la admisión de la “dación en pago” en una serie de supuestos. No es igual el supuesto de una persona que haya abonado más del 60 o 70% de la deuda con sus intereses que el supuesto del que apenas haya abonado las cuotas de los dos primeros años de carencia. En el primer caso cabría la cancelación de la deuda. No es igual el supuesto de la primera y única vivienda del deudor que la casa de fin de semana. Pueden darse soluciones intermedias que pasen por la revisión a la baja de la tasación; la ampliación de los plazos con disminución de las cuotas al simple interés legal; la disminución de las tasaciones de costas de los abogados y procuradores de los bancos. La derecha social también reclama cambios.