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Área Metropolitana

El secretario acepta todas las alegaciones contra la llegada del coordinador general

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A pesar de que aún no se han dado a conocer los asuntos que se incluirán en el orden del día del pleno ordinario del próximo jueves, lo que es seguro es que la aprobación definitiva del Reglamento Orgánico Municipal (ROM) será uno de ellos, con el objetivo de que la contratación del coordinador general se produzca cuanto antes.

Primero se votará en la comisión informativa del lunes, previa a la sesión plenaria. Se prevé, como viene siendo habitual, el dictamen favorable del gobierno local y del concejal de aPsi, Fernando Campos, y el desacuerdo de BNG y PSOE.

Pero además, hay otra particularidad: la postura del secretario municipal. El funcionario vuelve a mostrarse disconforme con esta modificación y la consecuente contratación del coordinador –denominado órgano directivo– y asegura en las conclusiones de su informe que “procede a estimación das alegacións presentadas, deixando sen efecto a aprobación da proposta de modificación do ROM para creación dun órgano directivo”.

Las alegaciones –presentadas entre el 7 de enero y el 11 de febrero, período habilitado para ello– pertenecen a Abel López Soto, en nombre del BNG; a dos de los tres fundadores de aPsi, Argimiro Casco y María Josefa Marty, y a otro particular, José Antonio López.

Los tres primeros impugnan la totalidad de la modificación, pero coinciden con el cuarto en la necesidad de corregir los errores de la propuesta inicial en lo relativo a la atribución a la Alcaldía de la competencia para la creación, supresión y modificación de órganos directivos y fijación de sus retribuciones.

Unos errores que ya advertía el propio secretario en su informe del pasado 14 de diciembre, una semana antes del pleno en que se aprobó inicialmente esta modificación del ROM. El funcionario municipal recuerda asimismo que en aquel documento que elaboró a mediados de diciembre –y que se solapaba con la persona que aquellos días ocupaba el cargo de manera accidental y que decía justo lo contrario–, esta cuestión es, a su juicio, “unha ilegalidade manifesta que afecta ao ámbito da competencia constitucional exclusiva estatal para a fixación das Bases de Réximen Local”.

Un ámbito del que, como subraya, está excluida la potestad reglamentaria local. Por ello, dice que el Sada “no puede” por sí mismo “crear un órgano unipersonal que legalmente está reservado aos municipios de gran poboación” en los que el pleno, el alcalde y la junta de gobierno “teñen competencias distintas ás dos municipios de réxime común”.

propuesta de la alcaldía

En la propuesta de Alcaldía que se lleva a la comisión, se estima la alegación de José Antonio López en su totalidad, pero solo parcialmente las otras tres.

Y únicamente una parte porque el gobierno local solo atiende a aquello en lo que coinciden las cuatro, por lo que llevará a pleno la aprobación definitiva de esta modificación y el salario del coordinador se incluirá en los presupuestos municipales de este año.

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