Absuelven al dueño de un vehículo implicado en el traslado de fruta robada

El Ideal Gallego-2011-07-29-008-715aa8f2 redacción > a coruña
  La “duda razonable” le ha valido la absolución a un hombre procesado y llevado a juicio como autor del robo de varias cajas de fruta que se perpetró en julio de 2006 en el mercado de abastos levantado de forma provisional en la plaza de Pontevedra. Fueron, según constató una testigo de los hechos, dos los hombres que entraron, aprovechando la noche y, tras forzar la puerta de entrada del mercado, accedieron a los puestos para robar la mercancía, para luego cargarlas en una furgoneta de marca Citroen, de la que la denunciante pudo aportar todos los datos.
Fue precisamente su matrícula lo que permitió dar con el nombre del sospechoso, el titular del vehículo implicado en el asalto. De resultas, fue acusado por un delito de robo con fuerza en las cosas, por el que se enfrentaba a una petición de condena de dos años de reclusión.
A ello se unía, según la solicitud del fiscal, el pago de los desperfectos que se causaron en la puerta de acceso al mercado y en las cámaras frigoríficas de cuatro puestos, de donde dos ladrones aprehendieron distintas cantidades de frutas y verduras que cargaron en la furgoneta en cuestión.

“Durmiendo” > Aunque el dato, unido a la descripción que la testigo aportó sobre los delincuentes parece señalar hacia el dueño del vehículo, la sentencia del juzgado de lo penal número 2 reconoce que la tesis aportada por este implicado tampoco es descabellada.
En el juicio, el hombre defendió su inocencia asegurando que durante toda la noche había estado “durmiendo en su vehículo” y alegando que no se había percatado de nada de lo sucedido. “Habrá de concederse que no resulta inadmisible que, en efecto, otras personas, aprovechando su estado, se sirviesen de su vehículo para realizar el hecho mientras él no hacía otra cosa que dormir en el interior”, concede el magistrado. Con esta conclusión, considera que “no puede afirmarse más allá de la razonable duda que hubiera sido el acusado el autor del hecho”.
El delito al que se enfrentaba era un robo con fuerza en las cosas, del que el juez de penal 2 destaca, por una parte, que se caracteriza por la aprehensión de una cosa ajena “con superación de obstáculos puestos por la víctima para impedirla” y, por otro, el ánimo de lucro del autor. En este caso, entiende el juzgador que se daban todos los supuestos, ya que los autores del asalto violentaron la cámara frigorífica de los puestos afectados y causaron desperfectos por los que la acusación demandaba responsabilidades.
Contra esa petición, la sentencia señala son embargo que aunque la tesis acusatoria cuenta con “evidentes visos de verosimilitud”, carece de la “constatada seguridad” para sustentar una condena.

Absuelven al dueño de un vehículo implicado en el traslado de fruta robada

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