La banca lanza un ultimátum a los clientes para que aporten una copia de su DNI antes del día 1

La banca lanza un ultimátum a los clientes para que aporten una copia de su DNI antes del día 1
19 junio 2014 página 34 / 18 abril 2015 página 36 SANTANDER, 18/06/2014.- El presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán, durante su intervención en el encuentro 'La Europa

La banca ha lanzado un ultimátum para que los clientes aporten copia de su DNI antes del 1 de mayo, por lo que quienes aún no lo han hecho disponen ya de solo cuatro días hábiles para cumplir en plazo con esta obligación y evitar el bloqueo de sus cuentas.
La Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a las entidades de crédito la obligación de identificar antes del 30 de este mes a todos sus clientes y también a cualquier persona con la que mantengan relaciones de negocio o realicen cualquier operación.
Esto significa que las entidades han tenido cinco años para pedir estos datos, aunque no ha sido hasta hace unos meses cuando le han visto las orejas al lobo y han empezado a ponerse en contacto con su clientela, por correo ordinario, electrónico o incluso por sms.
Los clientes de bancos, cajas y financieras de crédito deben facilitar a su entidad una copia del documento de identidad, así como información sobre la actividad profesional que realizan, si así se les requiere, por ejemplo, una nómina. Según la ley, son las entidades las que tienen que contactar con el cliente, y no al revés, así que si un cliente no ha sabido nada de su banco, en principio, puede estar tranquilo, ya que puede ser porque este ya tiene en su poder todos los datos que necesita, DNI digitalizado incluido.
Pero también existe la posibilidad de que la entidad no haya logrado contactar con el cliente por haber mandado la carta a una dirección antigua, y este, sin saber nada, se encuentre con la desagradable sorpresa de que no puede operar en sus cuentas después del próximo jueves.
También puede ocurrir que tengamos una segunda residencia y realicemos todos los trámites o pagos relacionados con esta a través de una entidad diferente a la habitual, la cual puede haber enviado una carta a la casa de la playa o de la montaña, de la que no tenemos noticia alguna. Y lo mismo puede ocurrir en infinidad de casos, como personas que residen temporalmente en el extranjero o ancianos que viven en una residencia pero conservan su vivienda. A finales de marzo, las asociaciones bancarias AEB y CECA ya pidieron a los clientes bancarios “comprensión y colaboración” a la hora de aportar esta información, tal y como exige la normativa de prevención del blanqueo de capitales.
Así, se evitarán las restricciones a la operativa de las cuentas que los bancos y otras entidades se verían obligados a aplicar, en cumplimiento de la legislación, si no disponen del documento de identificación del cliente.
Los “rezagados” no se quedarían sin su dinero, sino que dispondrían de tres meses para regularizar su situación, pero la cosa se complica, ya que serán necesarios más trámites que la presentación del DNI.

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