Archivan la pieza que investigaba los pagos del banco Lazard a Rato

Archivan la pieza que investigaba los pagos del banco Lazard a Rato
El exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato | archivo ec

La Audiencia Provincial de Madrid ha sobreseído provisionalmente la pieza en la que el juez de Instrucción número 31 de Madrid Antonio Serrano-Arnal investigaba al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por los dos millones de dólares que recibió del banco de inversiones Lazard, en el que trabajó antes de ser nombrado presidente de Bankia, y su posible relación con las contrataciones que la entidad nacionalizada efectuó posteriormente con el citado fondo.

La Audiencia estimó parcialmente los recursos de apelación interpuestos por la representación de Lazard Asesores Financieros y por el director general de esta entidad, Pedro Antonio Pasquín, al no considerar “más que una coincidencia” la existencia de los pagos a Rato y la existencia posterior de las contrataciones realizadas por Bankia.

El expresidente de Bankia reconoció ante el juez en octubre de 2015 haber recibido de Lazard, donde trabajó antes de su nombramiento como presidente de Caja Madrid, un “crédito puente” de dos millones de dólares que devolvió cuando vencieron unas obligaciones sobre acciones incluidas en su contrato.

Asesor
Rato negó haber favorecido la concesión de contratos de Bankia a Lazard y precisó que el banco de inversiones era asesor de Caja Madrid antes de que él fuera presidente. Tras su nombramiento, Lazard participó como asesor en la fusión de las siete cajas que conformaron Bankia y en su salida a Bolsa.

En el auto dado a conocer ayer, la Sala integrada por los magistrados María Riera, Celso Rodríguez y María de los Ángeles Montalvá señala que “de todo lo actuado no se desprende mucho más que una coincidencia entre una operación sobre acciones restringidas y la contratación de los servicios de la misma entidad, confluyendo en ambas tanto Lazard Asesores como su consejero delegado y el señor Rodrigo Rato”. La Sala añade que la citada coincidencia entre los pagos a Rato y los contratos que Bankia formalizó con el banco de inversiones “podrá suscitar diferentes lecturas, pero cuando se trata de enmarcar su proyección en el ámbito penal, no puede hacerse ningún análisis completo sobre ella –ya en la fase de instrucción– si se prescinde de la valoración de los llamados contraindicios”.

La toma en consideración de estos contraindicios, según los jueces, les obliga a concluir que “no puede considerarse suficientemente acreditada la perpetración del delito” que ha dado lugar a la tramitación de esta pieza separada del caso Rato.

El tribunal coincide con los recurrentes en que “ni el señor Rato pasó a trabajar para ninguna entidad mercantil haciendo competencia a su antigua empresa, ni menoscabó en absoluto la clientela de esta restándole clientes”, y que así es como deben entenderse los requisitos y obligaciones que arrastraba el nuevo presidente de Caja Madrid/Bankia tras su ruptura con Lazard


En consecuencia, la Sala entiende que los recursos presentados han de ser parcialmente estimados, y por lo tanto habrá de decretarse el sobreseimiento provisional de la pieza separada en cuanto afecta concretamente a las relaciones del señor Rodrigo Rato con la entidad Lazard Asesores y su consejero delegado Pedro Antonio Pasquín.

Igualmente, el incremento del volumen de facturación por parte de Lazard Asesores durante los años 2011 y 2012, “encuentra una explicación aceptable”, según concluye la Sala en el auto, en “la complejidad del proceso de fusión de entidades y salida a Bolsa en cuyo estudio participó el banco de inversión. l

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