El alcalde de Cerceda recurrirá la sentencia que le inhabilita durante ocho años por prevaricación

El alcalde de Cerceda recurrirá la sentencia que le inhabilita durante ocho años por prevaricación
El alcalde de Cerceda Jose Luis Garcia Liñares

El alcalde de Cerceda, José García Liñares, recurrirá finalmente ante la Audiencia Provincial  la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña, que le condena a ocho años de inhabilitación especial para ejercer cualquier empleo o cargo público como autor de un delito de prevaricación. El magistrado también condena al arquitecto municipal, Antonio José Varela Mallo, como “cooperador necesario”, a cuatro años de inhabilitación así como a otros nueve meses de suspensión en su cargo en el Ayuntamiento de Cerceda por falsedad en certificado.

El fallo, fechado el pasado 22 de julio, guarda relación con las obras de las lagunas naturalizadas del jardín botánico de O Acevedo, por entender la autoridad judicial que el regidor ordenó iniciar las mismas antes de que se hubieran adjudicado.

Las reacciones a la sentencia publicada ayer por este medio no se hicieron esperar. El principal interesado eijo no tener constancia oficial de la misma, si bien anunció su intención de recurrirla tras enterarse de su contenido a través de El Ideal Gallego y Diario de Bergantiños. Menos rotundo se mostró al ser preguntado si piensa renunciar a la Alcaldía, limitándose a decir que lo que toca ahora es analizar de forma pormenorizada la sentencia para dar forma al recurso.

Aunque inicialmente se pensó que el plazo para presentarlo ante la Audiencia Provincial finalizaba ayer, el letrado del regidor, Ulises Bértolo, explicó que ya han solicitado formalmente la suspensión de ese plazo hasta disponer de la grabación del juicio, prueba que también han pedido al Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña para analizarla con detenimiento para redactar el recurso. El abogado apuntó además que, en cualquier caso, ese plazo no podría haber expirado aun dado que agosto es un mes inhábil a tales efectos.

Competidor por la Alcaldía
Ulises Bértolo apuntó asimismo las líneas maestras en torno a las que girará la apelación. El letrado ha cuestionado que la condena por prevaricación sea consecuencia de que el juez “ha dado más credibilidad “a un competidor directo por la Alcaldía”, en alusión al portavoz del grupo municipal del PP de Cerceda del que partió la denuncia, que a los tres testigos aportados por la defensa, entre los que se encontraban los contratistas de las obras, “cuya objetividad es mucho mayor que la de alguien interesado en ganar unas elecciones y que actuó condicionado por ese interés”. 

El letrado destaca igualmente que el fallo del tribunal coruñés  “está en abierta contradicción con las conclusiones del perito judicial”. Y es que las fotos aportadas por el denunciante como prueba de que los trabajos en las lagunas del parque botánico de O Acevedo empezaron antes de que el proyecto estuviese adjudicado, serían irrelevantes para la causa según se apunta en el en citado informe pericial.   

Origen de la denuncia
Los hechos que motivaron el pronunciamiento judicial se remontan al año 2015, cuando el portavoz del PP denunció ante la Fiscalía irregularidades en las obras de ejecución de las lagunas naturalizadas del parque botánico de Cerceda, asegurando que las obras se pusieron en marcha antes incluso de que se recibiesen las ofertas de las empresas invitadas al procedimiento de contratación. Francisco Santos Regueira aportó como pruebas fotografías y documentación notarial.

Ahora, en la sentencia firmada por el magistrado Francisco Javier Clemente Lázaro se le da la razón al denunciante y se considera probado que el alcalde, secundado por el arquitecto municipal, dio orden verbal de que se iniciasen los trabajos antes de que se celebrasen las elecciones municipales de mayo de 2015.

De hecho, en el fallo se indica que las tareas se pusieron en marcha entre los días 31 de marzo y 1 de abril de 2015, pese a que el contrato con la empresa se formalizó el 10 de abril y el acta de replanteo tiene fecha del 24 de abril.

El juez concluye también que para justificar tal proceder, los ahora condenados decidieron “desgajar, sin que hubiera causa para ello, una parte del proyecto y adjudicarlo como obra menor”. 

La sentencia también da plena veracidad  a las pruebas fotográficas de la acusación, por cuanto en ellas “se observa claramente” que hay “excavaciones de forma circular que corresponden al lugar en el que iban a hacerse las lagunas” y no a los pequeños drenajes incluidos en la actuación adjudicada como contrato menor.

El alcalde de Cerceda recurrirá la sentencia que le inhabilita durante ocho años por prevaricación

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