El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a la Generalitat a pagar el importe íntegro de la prestación de cuidador no profesional a una familia cuyo hijo disminuido acude a un taller ocupacional, lo que abre la puerta a que miles de familias puedan reclamar el cobro del doble de lo que perciben como prestación de dependencia.
La sentencia entiende que es compatible el cobro íntegro de la prestación con la asistencia del beneficiario a un taller ocupacional porque la normativa solo establece incompatibilidad si se trata de un centro de día.
El fallo fue dictado por la sala social del TSJC y revoca una anterior al entender que un taller ocupacional no es lo mismo que un centro de día, y por lo tanto no se puede disminuir el 50% la ayuda.
El tribunal da la razón a los padres de David, un joven de 29 años con disminución psíquica que en 2008 fue reconocido como beneficiario de la ley de la Dependencia. n






















