El Supremo recuerda que no se pueden superar los 25 alumnos en Primaria y los 30 en Secundaria

 El Tribunal Supremo (TS) dictaminó que “no es posible” que un juzgado admita aumentar la ratio de alumnos por clase por encima del límite establecido por la Ley Orgánica de Educación (LOE), que fija un número máximo de 25 alumnos por aula para la educación Primaria y de 30 para la Secundaria. Así lo señaló el alto tribunal en una sentencia en la que fija doctrina y admite el recurso de la Junta de Andalucía contra las resoluciones anteriores que habían dado la razón a los padres de un menor que no fue admitido en un colegio concertado de Sevilla, y ordenaron la admisión del niño en este centro escolar. El Supremo respalda los argumentos de la Junta de Andalucía, la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal, que coinciden en resaltar la “imposibilidad” de flexibilizar el número de alumnos por aula tanto bajo la vigencia de la actual LOE de 2006 como de normas anteriores como la Logse, que fijaba el mismo límite. La sentencia recuerda que el derecho fundamental a la educación se encuentra modulado por el legislador limitando el número de plazas escolares por aula.

El Supremo recuerda que no se pueden superar los 25 alumnos en Primaria y los 30 en Secundaria

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