La junta electoral multa a Caballero con 3.000 euros por un acto con mayores

La junta electoral multa a Caballero con 3.000 euros por un acto con mayores
GRA123 VIGO, 18/10/2014.- El alcalde de Vigo y candidato a la reelección, el socialista Abel Caballero, durante su intervención hoy en el desayuno informativo "Fórum Europa. Tribuna Galicia". EFE/Salvador Sas

La junta electoral de zona ha propuesto que se sancione con una multa de 3.000 euros al alcalde de Vigo y candidato a la reelección, Abel Caballero (PSdeG), por celebrar el pasado 14 de abril un acto con colectivos de personas mayores en el edificio consistorial.
En su resolución, la instructora del expediente considera “probado” que el alcalde se reunió en dependencias anexas a la alcaldía con representantes de colectivos sociales, en su mayor parte personas de avanzada edad, y que se valoraron “los logros” de su gobierno y se destacaron las inversiones realizadas.
Ello a pesar de que Caballero es “un político de larga trayectoria profesional, objeto de actuaciones anteriores de la junta y pleno conocedor de la ley”.
Incide la junta electoral en su expediente en que la actuación ahora denunciada por el PP y por Movimiento Red está “plenamente incursa” en la prohibición establecida en la ley electoral de celebrar, desde la convocatoria hasta la celebración de unos comicios, de actos de esta índole.
Por otro lado, la junta electoral de Santiago ha obligado al Ayuntamiento a retirar una noticia de la página web sobre unas obras y la puesta en marcha de una campaña de promoción del comercio local.
A demanda de Compostela Aberta, informa esta organización, la autoridad electoral se refiere en su disposición a la noticia aparecida en la página del Ayuntamiento del día 15 de abril por considerar que contraviene la Loreg sobre las obras en una calle.
En su resolución, la junta recuerda que, “con independencia del derecho que asiste a las corporaciones locales de informar a sus ciudadanos de las actividades por ellas desarrolladas, dentro del período electoral su actividad debe quedar circunscrita a la más pura y limpia campaña de carácter institucional”.
Insiste en que las corporaciones no pueden “hacer ostentación de los logros obtenidos”.

La junta electoral multa a Caballero con 3.000 euros por un acto con mayores

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