Confirman la absolución del PP en el caso de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas

Confirman la absolución del PP en el caso de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas
El extesorero del PP, Luis Bárcenas, a su llegada a la Audiencia Nacional | j.j. guillén

La Audiencia Provincial de Madrid confirmó la absolución del Partido Popular y de tres de sus trabajadores de la acusación de destruir los ordenadores de su extesorero Luis Bárcenas con intención de eliminar su información para entorpecer la investigación que se seguía en la Audiencia Nacional por la caja B.

Así, la Audiencia de Madrid desestimó los recursos presentados por las acusaciones populares, únicas que acusaban en esta causa, dado que la Fiscalía optó por no presentar acusación por estos hechos y el propio Bárcenas retiró la suya antes de que se cerrase el procedimiento judicial.

En la sentencia, que ahora ratifica la Audiencia de Madrid, fueron absueltos, además del partido, los tres trabajadores: la extesorera Carmen Navarro; el responsable de su asesoría jurídica, Alberto Durán; y el jefe del departamento de sistemas informáticos, José Manuel Moreno, de los delitos de encubrimiento y de daños informáticos, éste último por el único que se acusó al PP como persona jurídica.

La sentencia avala así la actuación del magistrado que juzgó estos hechos frente al “rebuscado planteamiento y del que no existe prueba alguna” por parte de las acusaciones “de que el juez “a quo” sabía que iba a absolver” antes de dictar sentencia.

En sus recursos, las acusaciones ejercidas por IU-Los Verdes, Asociación Justicia y Sociedad, y Observatori de Drets Humans (DESC), cargaban contra el juez por haber dejado para la sentencia la resolución de las cuestiones previas planteadas acerca de la doctrina Botín, que establece que las acusaciones populares no pueden pedir la apertura de juicio para determinados delitos cuando la Fiscalía y los perjudicados soliciten el archivo.

También entiende que el juez actuó conforme a derecho por practicar la prueba antes de tomar una decisión al respecto y que finalmente fue la de “deslegitimar” a las acusaciones para la persecución del delito de daños informáticos, al haber desistido de ello la Fiscalía y el afectado.

La Audiencia de Madrid entiende asimismo que no cabe apreciar, como alegaban en sus recursos, un concurso medial de ambos delito “por cuanto que uno de los dos delitos que conformarían el mismo, el de daños informáticos no es perseguible en el presente procedimiento”. l

Confirman la absolución del PP en el caso de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas

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