Condenado por intentar tener relaciones sexuales con su vecina contra su voluntad

  redacción>a Coruña

  La visita que un cambrés realizó en agosto de 2009 a la casa de una vecina del bloque contiguo le ha costado una condena de un año y cuatro meses. Timbró en su puerta después de comer para regalarle una caja de bombones, pero el encuentro de cortesía acabó convirtiéndose en lo que la jueza de penal 4 ha entendido como un delito de agresión sexual.
Según se relata en la sentencia, acusado y víctima apenas tenían relación, pero se conocían de residir en dos edificios anexos de la calle de Curros Enríquez de Cambre. Fue por eso que, cuando el hombre se presentó en su casa, la denunciante le abrió la puerta.
Lo primero que le dijo fue que iba a traerle un regalo, y aunque la mujer repuso que no hacía falta, él salió, para regresar a los pocos minutos con una caja de bombones para ella. Eran, según le explicó, su forma de agradecerle que, años atrás, lo hubiera trasladado en coche hasta A Coruña.
Aprovechando esta circunstancia, el agresor se metió en el piso y llegó hasta la cocina antes de que la residente pudiera reaccionar. Ya allí, la cogió de la mano y acto seguido le dio un abrazo. Su actitud no varió cuando ella le dijo que se estaba confundiendo. Al contrario, según se recoge en la resolución: el acusado comenzó a darle besos por la cara y llegó a ofrecerle dinero.

Gruñidos > Tal como rememoró la víctima durante su declaración ante la jueza, el hombre no le hizo caso cuando ella le pidió que se fuera, después de desembarazarse de él. Siguió intentando cogerla de la mano, la forzó a tocarle los genitales y la cara, y también volvió a abrazarla. Solo se marchó ante la insistencia de ella, y después de que el perro de la casa comenzara a gruñirle. Antes de salir, le acercó la mano a los pechos y la invitó: “Si quieres algo conmigo pétame dos veces por la noche”.

Allanamiento > La sentencia considera que con este comportamiento, el acusado atentó contra la libertad de su vecina, que “nunca consintió la proposición del hombre ni la propició”. Según se pone de relieve, este reconoció en el juicio que, con anterioridad a los hechos, ya había dedicado a su conocida varios piropos, e incluso le había lanzado un beso “al aire”, pese a que, como también admitió, apenas la conocía.
Ante estos hechos, la Fiscalía había solicitado para el encausado una pena de cuatro años de prisión, al considerar que además que el delito de agresión sexual había cometido un segundo, de allanamiento de morada. Contra este criterio se pronuncia la magistrada, que  destaca que el agresor no entró en la vivienda en contra de la voluntad de su moradora.
Sí admite, en consonancia con lo que reclamaba el fiscal, que la perjudicada sufrió un daño moral ya que, como manifestó, no ha podido mantener relaciones sexuales con su pareja a raíz de la experiencia vivida. Por este perjuicio se le concede una indemnización de 1.200 euros y se dicta en su favor una orden de alejamiento por tres años.


 

Condenado por intentar tener relaciones sexuales con su vecina contra su voluntad

Te puede interesar