El juez dicta condenas de hasta 15 años por la visita del papa a Valencia, la mayor a Crespo

El juez dicta condenas de hasta 15 años por la visita del papa  a Valencia, la mayor a Crespo
Álvaro Pérez, Francisco Correa y Pablo Crespo se sientan en el banquillo en una de las causas contra la red Gurtel | aec

La Audiencia Nacional hizo pública ayer una nueva condena para la trama Gurtel, con penas de hasta 15 años de cárcel a 19 de los 23 acusados por la adjudicación ilegal al Grupo Correa del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del papa Benedicto XVI a Valencia con motivo del V Encuentro de la Familia, celebrado en Valencia los días 7, 8 y 9 de julio del año 2006.

En una sentencia, de 556 páginas, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala lo Penal condenan en esta pieza del denominado caso “Gurtel” a 13 años y 7 meses de prisión al líder del Grupo Correa Francisco Correa; a 15 años y 5 meses a su mano derecha Pablo Crespo; a 6 años y 9 meses a su colaborador Álvaro Pérez “el Bigotes” y al exdirector de Radio Televisión Valenciana (RTVV) Pedro García Gimeno, y a 11 años y 7 meses al vicepresidente de TECONSA José Luis Martínez Parra.

El resto de acusados son condenados a penas que van desde los ocho meses de cárcel, por ejemplo para el empresario Jacobo Gordon, a los tres años del administrador de Impacto Producciones Francisco Javier Arnuncio Perujo. El asesor fiscal de la trama, Ramón Blanco Balín, ha sido condenado a 1 año y medio de prisión.

 

Responsabilidad extinguida

El expresidente de Les Corts Valencianes Juan Cotino falleció por Covid en abril, por lo que quedó extinguida su responsabilidad penal, al igual que la del también fallecido Luis Sabater, responsable del ente público. La Sala absuelve además a dos acusadas para las que la Fiscalía Anticorrupción retiró la acusación en el juicio, Noemí Márquez y Alexandra Andrea Benesovsky.

Por otro lado, no deducen testimonio de lo declarado por el expresidente de la Generalitat Francisco Camps, solicitado por Fiscalía, al entender que el Ministerio Público lo pidió de forma genérica sin señalar concretamente en qué aspectos o extremos consideran que faltó a la verdad en su declaración.

La sentencia, ponencia de la magistrada María Fernanda García Pérez, acuerda aplicar la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada al haber transcurrido catorce años desde la fecha de los hechos y doce desde la incoación de la causa y, en algunos acusados, las de reparación del daño y de confesión solicitadas por el Ministerio Público.

Consideran que varios delitos se cometieron en concurso medial (por un lado prevaricación, malversación y fraude y por otro el blanqueo, la falsedad de documental y los delitos contra la hacienda pública), por lo que, al penarlos por separado por ser más beneficioso para los acusados, las penas son más bajas que las solicitadas por las acusaciones.

De los 23 acusados, 11 de ellos reconocieron los hechos y otros 12 los negaron.

El juez dicta condenas de hasta 15 años por la visita del papa a Valencia, la mayor a Crespo

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