Los partidos tienen 20 días para decidir si concurren a las urnas

Los partidos tienen 20 días para decidir si concurren a las urnas
GRA032 BARCELONA (Cataluña) 28/10/2017.-Vista de la sede de la Generalitat de Cataluña en la plaza de Sant Jaume, a medio día de hoy, con las banderas española y catalana ondeando en el edificio tras la declaración unila

Los partidos que quieran presentarse a las elecciones catalanas convocadas para el 21 de diciembre tendrán de plazo hasta el 17 de noviembre para hacerlo ante la Junta Electoral, tal como establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg), por la que se rige esta convocatoria.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica ayer el decreto de disolución del Parlamento catalán, ordenado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en aplicación de las medidas autorizadas por el Senado al amparo del artículo 155 de la Constitución, y la convocatoria de comicios para el jueves 21 de diciembre.
Con esta publicación se pone en marcha un ajustado calendario electoral que culminará con las elecciones. Al ser en día laboral, la legislación permite a los electores disponer de cuatro horas remuneradas durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho a voto.

Sin ley propia
Dado que Cataluña no tiene una ley electoral propia se rige por la Loreg, y el proceso de comicios tendrá que ser supervisado por la Junta Electoral Central (JEC), renovada recientemente con nuevos nombramientos.
El censo que se utilizará será el cerrado el pasado 1 de agosto, en virtud del artículo 39 de esta ley, que dice que para cada elección el censo electoral vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior.
La Loreg es muy estricta con respecto a los plazos y procedimientos que deben cumplir tanto los partidos y coaliciones que quieren concurrir a las urnas, como las administraciones que deben garantizar el buen desarrollo y limpieza hasta la constitución del nuevo parlamento.
Unas elecciones para las que habrá una campaña electoral de 15 días, que comenzará a las cero horas del día 5 de diciembre y que acabará a las 12.00 horas del 19. El 20 será la jornada de reflexión.
En función de la normativa electoral, ayer mismo se inicia el plazo de solicitud de voto por correo; antes de una semana, los ayuntamientos deberán comunicar a las juntas electorales los emplazamientos para que los partidos coloquen carteles, pancartas y banderolas.


Según el artículo 45 de la Loreg, las candidaturas suscritas por los representantes de los partidos, federaciones y coaliciones y por los promotores de las agrupaciones de electores se presentan ante la junta electoral entre el decimoquinto y el vigésimo día tras la convocatoria, es decir, entre el 12 y el 17 de noviembre.
Los partidos que vayan a ir en coalición deberán comunicarlo antes, en los diez días siguientes a la convocatoria electoral, antes del 7 de noviembre.
El Parlament tendrá hasta el martes 23 de enero de 2018 para constituirse tras las elecciones catalanas convocadas para el 21 de diciembre por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en aplicación del artículo 155 de la Constitución.
Los plazos están recogidos en la Ley de Presidencia de la Generalitat y el Govern, que da al presidente de la Generalitat 20 días hábiles desde la fecha de las elecciones para convocar la sesión constitutiva de la Cámara.
La norma da la potestad al presidente del Govern de constituir la Cámara, pero, tras haber sido cesado, ayer la presidencia fue delegada por Rajoy a la vicepresidenta del Gobierno central, Soraya Sáenz de Santamaría.

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