El jurado popular declara a Ana Julia Quezada culpable de asesinar con alevosía a Gabriel Cruz

El jurado popular declara a Ana Julia Quezada culpable de asesinar con alevosía a Gabriel Cruz
GRAF5191. ALMERÍA, 19/09/2019.- La dominicana Ana Julia Quezada (d), a su salida de la Audiencia Provincial de Almería donde se ha leído la sentencia del juicio por la muerte del niño Gabriel el 27 de febrero del 2018. Ana Juli

El jurado popular declaró a Ana Julia Quezada culpable del asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, así como de sendos delitos de lesiones psíquicas y otros tantos contra la integridad moral a Ángel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor muerto el 27 de febrero de 2018 en Níjar (Almería).

El jurado consideró probado, por unanimidad en todos sus puntos, que la acusada estableció una relación sentimental análoga a la matrimonial con Angel, conviviendo con él y con el pequeño de ocho años, cuando al niño le correspondía estar con su padre.

De esta forma, Quezada, Ángel y Gabriel se desplazaron el 23 de febrero del 2018 a una finca de la abuela paterna del menor en Las Hortichuelas Bajas, en Níjar. Cuatro días después, sobre las 15.30 horas, Gabriel le dijo a su abuela y a la acusada que se iba a jugar con unos primos que vivían cerca.

“La acusada, inmediatamente después de marcharse Gabriel de la vivienda, se subió a su vehículo e interceptó al niño, instándole a que le acompañara a la finca sita en Rodalquilar (Níjar) y, ante la “confianza generada” por ésta al ser una “persona íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre, accedió a marcharse” con ella.

Destaca que la finca se encontraba en un lugar alejado y deshabitado, a unos cinco kilómetros de la casa de la abuela, así como que la acusada era consciente de su superioridad respecto del niño, por la diferencia de edad y complexión, ya que el niño media 1,30 metros y pesaba 24 kilos”.

Una vez en la finca, de forma intencionada, súbita y repentina, cogió a Gabriel y lo lanzó contra el suelo o pared de la habitación y, tras el impacto del niño, “procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento” como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación.

Agravantes

El jurado tuvo en cuenta en el veredicto la agravante de parentesco y que “quitó la vida voluntariamente a Gabriel de forma sorpresiva y repentina, sin posibilidad de defensa ni de reacción por parte del niño”

Sin embargo, descarta el ensañamiento o que golpease al niño con el palo de un hacha y lo dejase aturdido hasta asfixiarlo, como mantenía la acusación particular, descartando la atenuante de confesión que apreciaba la defensa, negando el relato de esta última.

Respecto a los delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral a los padres, recuerda que la búsqueda se prolongó durante once días, periodo durante el que Quezada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación”.

Distracciones y pena final

También el jurado apunta que el 3 de marzo, con la intención de “distraer la atención en la búsqueda del niño y con la finalidad de dirigir las sospechas sobre su expareja”, colocó una camiseta de Gabriel sobre unas matas en un cañaveral para “añadir más sufrimiento a los padres”.

La fiscal y la acusación particular reclamaron prisión permanente revisable por el delito de asesinato con alevosía, y diferentes penas por los delitos psicológicos contra los padres. l

El jurado popular declara a Ana Julia Quezada culpable de asesinar con alevosía a Gabriel Cruz

Te puede interesar