El Constitucional suspende la ley de incompatibilidad de cargos de los alcaldes y diputados andaluces

  El Tribunal Constitucional admitió ayer el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno a la última modificación de la ley Electoral de Andalucía que establece la incompatibilidad entre los cargos de alcalde y diputado autonómico, y ha suspendido su vigencia.

El pasado 2 de marzo, el Consejo de Ministros acordó solicitar la interposición de este recurso que, con su admisión, supone la suspensión durante cinco meses del precepto de la ley andaluza que hace incompatibles estos dos cargos.

El Ejecutivo basaba su recurso en un dictamen del Consejo de Estado que consideraba que la incompatibilidad entre ambos cargos constituía una vulneración de los derechos constitucionales de sufragio pasivo y de acceso a cargos públicos.

Además, a juicio del Consejo de Estado, la incompatibilidad supone “una discriminación” que carece de justificación razonable y que resulta no proporcionada.

Para el Gobierno, estas incompatibilidades no existen en la legislación básica estatal de régimen electoral y se entienden desproporcionadas y arbitrarias.

El Constitucional suspende la ley de incompatibilidad de cargos de los alcaldes y diputados andaluces

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