La moratoria hipotecaria se abre a los autónomos afectados por la crisis

La moratoria hipotecaria se abre a los autónomos afectados por la crisis
Calviño explica las nuevas medidas | aec

El último paquete de medidas del Gobierno allanó el acceso a la moratoria hipotecaria, que desde ayer se simplifica y se extiende a autónomos y personas físicas que tengan alquilada una vivienda por la que no estén recibiendo rentas como consecuencia de la crisis del coronavirus.

Mientras que la ampliación de la moratoria a los locales y oficinas de autónomos afectados por el impacto de la pandemia era uno de los grandes reclamos, mayor sorpresa generaron que, a partir de ahora, también puedan acogerse aquellos propietarios que no perciban el alquiler “en aplicación de las medidas en favor de los arrendatarios

como consecuencia del estado de alarma”.

 

Caída de la facturación

Sobre la moratoria, que antes solo podía invocarse en una hipoteca para la adquisición de la vivienda habitual, se pasa a aplicar a los inmuebles destinados a la actividad económica de empresarios y profesionales que hayan sufrido una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída en su facturación de al menos un 40 %.

También a viviendas en situación de alquiler, en las que el deudor hipotecario, “persona física, propietario y arrendador”, haya dejado de percibir el alquiler desde la entrada en vigor del estado de alarma o no la perciba hasta un mes después de su finalización.

Otra de las novedades es el plazo de suspensión, que dada la intensidad de la crisis, se amplía de uno a tres meses. Asimismo, se aclara que las cuotas no se deben liquidar una vez finalice la suspensión, sino que todos los pagos futuros se pospondrán por el tiempo que haya durado ésta.

Desde que comenzaran a sentirse los estragos de la pandemia, la banca abogó por librar del pago de las hipotecas a las familias más apuradas en estos tiempos.

El real decreto-ley mantiene la definición de “vulnerabilidad económica”, que requiere que el hipotecado esté en paro o haya perdido más del 40% de sus ventas si es un autónomo.

 

Ingresos de 1.600 euros

Además, el conjunto de ingresos de la familia no debería haber superado en el mes anterior los 1.600 euros, aunque esta cantidad se puede sobrepasar ligeramente en función del número de hijos que se tenga o si hay algún miembro mayor de 65 años o con una discapacidad.

Aún habiendo cumplido los dos requisitos anteriores, siguiendo la letra pequeña de la moratoria, la banca no podría conceder esta medida de gracia a sus clientes si la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos no alcanzan el 35% de los ingresos netos de la familia.

A estos efectos, se entenderá por “gastos y suministros

básicos” los suministros de electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, de los servicios de telecomunicación y las contribuciones a la comunidad de propietarios.

Finalmente, se exige que la situación económica haya provocado que el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado al menos por 1,3.

Dados los problemas para obtener el certificado de desempleo expedido por la Oficina de Empleo o el de cese de actividad, de la Agencia Tributaria, se permite al interesado que presente una declaración responsable que justifique los motivos que le impiden hacer frente a sus obligaciones.

La moratoria hipotecaria se abre a los autónomos afectados por la crisis

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