La Xunta tendrá que volver a indemnizar a las familias de los dos brigadistas fallecidos en Fornelos

La Xunta tendrá que volver a indemnizar a las familias de los 
dos brigadistas fallecidos en Fornelos
Momento del traslado de uno de los cadáveres | aec

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a la Xunta de Galicia a incrementar las indemnizaciones a los familiares de los dos brigadistas que fallecieron en agosto de 2010 en un incendio forestal que se produjo en el municipio de Fornelos de Montes (Pontevedra).


Las familias de los brigadistas fallecidos, Rodrigo Amo González y Xulio Martínez da Silva, habían recibido en su día 75.000 euros en indemnizaciones por parte del seguro de la Xunta y de la administración central, cantidades que los familiares consideraron insuficientes.


En la sentencia, el tribunal estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por las familias en contra de la resolución del departamento de Medio Rural del Gobierno gallego, en la que no se admitía su reclamación de responsabilidad patrimonial.


Los magistrados ordenan que se les abone adicionalmente 30.000 euros a los padres de cada uno de los fallecidos y 11.250 euros a sus hermanos, frente a los 175.000 euros que reclamaban en su conjunto.

Los medios
El fallo detalla que si bien tanto los medios materiales de que disponían los brigadistas como los protocolos a seguir “fueron los adecuados” y que la experiencia y conocimientos con que contaban los integrantes de la brigada resultó “ajustada”, se produjo una demora en la llegada de la motobomba.


“Es evidente que, de haberse contado en el lugar del siniestro, desde el primer momento, con ese servicio, las consecuencias lesivas que ahora nos ocupan posiblemente no se habrían producido”, recoge la sentencia.
Añaden los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que “no vale argüir que el conductor desconocía el paraje y no dio con la entrada de acceso al lugar del incendio”.


Este retraso, según concluye la sentencia, obligó a los brigadistas a intentar manualmente que el fuego no alcanzase la pista y, posteriormente, a refugiarse en esa zona segura en espera de la llegada de la motobomba. “Que dos de los brigadistas, presas del natural pánico, equivocasen su conducta y se adentrasen en dirección al fuego, con las fatales consecuencias reseñadas, si bien aminora la responsabilidad de la administración, no la excluye en su integridad”, continúa la sentencia.
Los magistrados aclaran que esta no fue la “única y determinante” causa de la muerte, ya que sostienen que el resultado hubiese sido diferente si los fallecidos hubiesen permanecido en la pista, en lugar de adentrarse hacia el foco del incendio, por lo que aprecian una “responsabilidad culposa” de los propios brigadistas. “Por el lógico temor que les infundió la amenazante y próxima presencia del fuego, erraron la conducta protocolaria”, asegura.

La Xunta tendrá que volver a indemnizar a las familias de los dos brigadistas fallecidos en Fornelos

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