El Constitucional ampara a un hombre con retraso mental condenado por robar en un bazar

El Tribunal Constitucional ha decidido conceder amparo a un hombre con retraso mental que fue condenado en ausencia por un robo con fuerza, sin practicarle previamente las pruebas psiquiátricas para determinar si comprendía o no la importancia de comparecer el día del juicio.
Según el alto tribunal, cuando hay indicios de que el acusado “pueda sufrir trastornos mentales que limiten su capacidad”, el órgano judicial tiene la obligación de desarrollar “las diligencias complementarias necesarias para despejar cualquier duda al respecto”. “La mera notificación personal al recurrente de la citación a juicio y de la advertencia de que podría celebrarse en su ausencia cumplía formalmente los mandatos de la ley, pero no era suficiente para despejar las dudas surgidas en la instrucción acerca de la discapacidad del recurrente”, explica la sentencia.

hechos
El Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña había condenado al hombre a nueve meses de prisión como autor de un delito intentado de robo con fuerza que tuvo lugar el 19 de octubre de 2009.
Ese día, según detalla la sentencia, el acusado se dirigió a un bazar chino y arrojó una piedra contra el escaparate, pero fue sorprendido por la policía en el interior del establecimiento con varios objetos.
Entre ellos, cuatro bolas con forma de senos femeninos, cinco brujas de juguete, dos tetas de juguete saltarinas, un pene de juguete saltarín, dieciocho figuras de cristal con una planta de plástico, una linterna de color gris y una caja conteniendo siete figuras de aves de diferentes colores.
Además, agrega, el procesado estaba en tratamiento por depresión, tenía problemas con el alcohol, una minusvalía reconocida por la Xunta de un 68 por ciento y un retraso mental leve.
Por ello, el Constitucional ha declarado que se ha vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del condenado al no haber valorado todas estas circunstancias.
La decisión del alto tribunal exige también anular las resoluciones impugnadas y ordenar la retroacción de las actuaciones al momento anterior a la celebración del juicio oral para que se adopte una decisión respetuosa con el derecho fundamental reconocido.

El Constitucional ampara a un hombre con retraso mental condenado por robar en un bazar

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