El Superior ordena al Ayuntamiento el derribo del edificio Fenosa tras rechazar los recursos de súplica

El Ideal Gallego-2011-06-04-002-56217365

  r.l. > a coruña

  A una semana de que el nuevo gobierno del PP tome posesión, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha hecho público un auto relativo al edificio Conde de Fenosa que podría hacer variar los planes de gestión del ejecutivo liderado por Carlos Negreira. Y es que el alto tribunal gallego rechaza los tres recursos de súplica presentados por el Ayuntamiento, Fadesa y por la comunidad de propietarios del inmueble contra el anterior auto del 29 de noviembre de 2010, que denegaba la pretensión de la administración local de legalizar la construcción al ratificar que su licencia no se ajusta a derecho.
Ahora, el dictamen confirma la sentencia de demolición del inmueble, dando 15 días al gobierno municipal para que remita a la sala una comunicación sobre las actuaciones que llevará a cabo para el cumplimiento de este requerimiento. De no ser así, podrían adoptarse las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado, que se traduciría en la imposición de una multa coercitiva, sin perjuicio de deducir las responsabilidades penales que se deriven de una inejecución de la sentencia.

Última posibilidad > Con este varapalo a las pretensiones tanto de la Concejalía de Urbanismo como de la comunidad de propietarios y de la empresa promotora de la edificación, en la que residen más de un centenar de familias y en el que se asientan decenas de empresas y oficinas, se agotan las vías legales para evitar la desaparición del Conde de Fenosa. Con todo, será la nueva corporación la que herede el problema, después de 13 años de procesos judiciales, iniciados por el demandante Valentín Souto.
Con el auto emitido el pasado 27 de mayo, el Superior se retrotrae al cumplimiento de la sentencia de 2001 que contemplaba por vez primera el derribo. Insiste en que no tiene efectos jurídicos el intento de legalizar la obra incluyendo sus características en el Plan General en vigor, el de 1998, con una nueva licencia otorgada en junta de gobierno en 1999. La administración local alegaba que el permiso concedido lo era para la   ejecución de todas las obras de rehabilitación así como “su total estado final”, entendiendo que se cumplía el requisito de licencia única para el conjunto de los trabajos.
El órgano judicial también desestimó la petición planteada por los propietarios del inmueble, que buscaba que el propio tribunal le indicase al Ayuntamiento el procedimiento a seguir para su legalización o, de lo contrario, que declarase la “imposibilidad jurídica y material” para ejecutar el fallo, es decir, la demolición.
Según un comunicado remitido por el propio Souto, con el rechazo de los recursos de súplica ha quedado demostrado que hubo una licencia ilegal, al no adecuarse al planeamiento que estaba en vigor –el de 1985– cuando se concedió, en 1997. Según el documento urbanístico, no se permitía la reforma integral de la edificación, que pasó de albergar oficinas a viviendas. Lamenta que, hasta la fecha, nadie haya dado explicaciones ni haya asumido responsabilidades sobre una decisión que se adoptó cuando Francisco Vázquez era alcalde de la ciudad y Salvador Fernández Moreda, concejal electo en los últimos comicios, estaba al frente de la Concejalía de Urbanismo.


 

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