El juez mantiene el régimen de libertad con cargos para el conductor del tren

El juez mantiene el régimen de libertad con cargos para el conductor del tren
*CORRECCIÓN PIE DE FOTO* GRA070. SANTIAGO DE COMPOSTELA, 24/12/2013.- Personas anónimas continúan colocando numerosos ramos de flores en el lugar del accidente del Alvia del pasado verano, cuando se cumplen cinco meses de la tragedia,

El juez Luis Aláez ha decidido mantener el régimen de libertad con cargos para el maquinista del tren Alvia que descarriló en Santiago de Compostela el pasado mes de julio y que ocasionó decenas de muertes y más de 150 heridos.
El magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago ha tomado esa decisión al haber desestimado un recurso de reforma frente al auto de fecha 2 de diciembre, en el que dejaba sin efecto la obligación de comparecencia 'apud acta' (en los días que le fueren señalados) impuesta a Francisco José Garzón Amo, único imputado por el accidente ferroviario.
El juez recuerda que en aquel auto ya advertía de que no había "desaparecido el riesgo de fuga", si bien concluía que "aquel riesgo quedaba suficientemente protegido" con "otras medidas ya acordadas" como la retirada del pasaporte y la prohibición de salida del territorio nacional.
Esa misma opinión la mantiene ahora el magistrado "sin perjuicio de que en caso de ausencia o ausencias injustificadas" pueda "modificarse la actual situación personal del imputado y adoptarse medidas más gravosas, incluida la prisión provisional y, en caso de no ser habido el imputado, acordar librar requisitorias para su búsqueda y captura".
Aláez ha emitido hoy otros tres autos en los que desestima las pretensiones de algunas partes en relación a la admisión de peritos y confirma lo que había acordado anteriormente.
Así, permite la intervención del perito Frans Heijnen, a la que se oponían, entre otros, el ADIF; y también las de José Manuel Lamela y Juan Carlos Carballeira.
Sobre estos últimos, el juez recibió la solicitud de que fueran recusados por estimar que concurría en ellos un interés al menos indirecto en la causa al tratarse de Técnicos de la Administración Pública con importantes intereses económicos perturbados por el procedimiento.
El magistrado entiende que "no puede prosperar, al carecer de base, el intento de recusación, ni cuestionarse, a priori, la imparcialidad de los peritos actuarios por el hecho de ser técnicos integrados en la Administración, ya que ello de ningún modo genera interés personal en la causa ni les inhabilita como técnicos especializados para actuar como peritos objetivos e imparciales".
 

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