Los turnos de guardia, que son organizados por los Colegios Oficiales de cada provincia, deben contar con la presencia física de al menos un profesional y solo excepcionalmente podrán realizarse turnos de guardia localizada.
Explica que el servicio, que cuenta con la aprobación del CGPJ, depende de que el Gobierno estatal y la Xunta lo doten de presupuesto